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LA SENTENCIA NO ESTÁ FIRME

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31/10/2024

Confirmaron condena para un maestro de música que manoseó a una alumna

Un hecho que preocupa a la comunidad / Imagen ilustrativa.
Un hecho que preocupa a la comunidad / Imagen ilustrativa.

Los jueces Carlos Mussi, Adrián Zimmermann y Miguel Cardella, rechazaron la impugnación ordinaria que intentó la defensa de un docente condenado a una pena de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua para ejercer la docencia con menores de edad. Se trata de la primera instancia de apelación, por lo que aún la sentencia no está firme.

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Se trata de una sentencia dictada en agosto pasado por un tribunal del Foro de Jueces de Bariloche, que declaró a R.R.R, tal como se lo menciona en la sentencia que publicó el Poder Judicial en su página web, como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple agravado por haber sido cometido por una persona encargada de la educación. Fue condenado en consecuencia a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer la docencia hacia personas menores de edad.

La sentencia que fue impugnada por la defensa y confirmada por el Tribunal de Impugnación, describe que el acusado fue condenado por un hecho ocurrido el 29 de septiembre de 2021 por la mañana, en un aula de una escuela de la ciudad. Mientras se desempeñaba como docente de música, realizó tocamientos impúdicos a su alumna de 12 años de edad.

El defensor realizó varios planteos, pero destacó que el día del hecho se había producido un conflicto entre el docente y sus alumnos, que derivó en la intervención del equipo directivo, algunas aclaraciones y un pedido de disculpas del docente para con sus alumnos, y cuestionó que la acusación haya valorado un antecedente del año 2018, en el que el profesor había sido señalado por su comportamiento frente a sus alumnas, pero que no derivó en una causa judicial.

No obstante la posición defensiva, el Tribunal de Impugnación señaló que “Atento a que los agravios expuestos no logran demostrar la falta de motivación de la sentencia de condena, la que se encuentra debidamente fundada en las pruebas rendidas durante el debate, valoradas de acuerdo a las reglas de la sana crítica, la lógica y la experiencia y que conforme el exhaustivo análisis de las medidas probatorias reunidas, en concordancia con el tribunal, surge acreditado que el imputado buscó el momento de encontrarse a solas con la víctima y cometer el hecho del modo imputado por la acusación”.

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