POR VIOLENTO ASALTO A POLLERÍA

| 13/10/2021

Rechazaron impugnación y confirmaron condena de ocho años a Sandro Fabián Bonnefoi

Rechazaron impugnación y confirmaron condena de ocho años a Sandro Fabián Bonnefoi

Sandro Fabián Bonnefoi había sido condenado hace casi dos meses a la pena de ocho años de prisión por el violento asalto a una pollería de la calle Morales al 1000. Tras rechazar un recurso defensivo, el Tribunal de Impugnación confirmó la condena que habían dictado los jueces Romina Martini, Marcos Burgos y Marcelo Álvarez Melinger.

Bonnefoi había sido condenado por un hecho ocurrido en febrero de este año, cuando el acusado participó de un violento robo a una pollería de la calle Morales y se trabó en un forcejeo con el comerciante que provocó un corte en una de las manos del damnificado.

Las manchas de sangre de la víctima en las ropas del delincuente fueron determinantes para que los investigadores pudieran enrostrar el hecho al acusado. Pericias genéticas lo dejaron acorralado, aunque durante el juicio le echó la culpa a Franco Seguel y reiteró que solo lo estaba acompañando. De hecho, Seguel ya fue condenado en juicio abreviado, mientras que el restante involucrado nunca fue identificado.

El día del hecho, los tres delincuentes llegaron en motocicletas y compraron una cerveza que tomaron en la vereda. Cuando el comercio quedó sin clientela, reingresaron al local, exhibieron un cuchillo y reclamaron el dinero. La víctima se trabó en un forcejeo y sufrió un corte en la mano.

En la sentencia condenatoria, los jueces destacaron que el propio Bonnefoi y otras personas de su entorno, intentaron amedrentar a la víctima para que no declare en el proceso, de esta forma trataron de eludir el carril normal de las cosas que era el proceso penal en marcha. Además, encuadraron el hecho en la figura de robo calificado por el uso de arma y por haber sido cometido en lugar poblado y en banda.

Bonnefoi llegó al proceso con prisión preventiva y, aunque en algún momento del proceso gozó del beneficio de prisión domiciliaria con el uso de un dispositivo electrónico de monitoreo, los jueces resolvieron estirar la cautelar con un plazo máximo de dieciocho meses y evaluaron en esa resolución también que al momento del hecho, el acusado gozaba de una salida transitoria que le había sido concedida en el marco del cumplimiento de una condena previa.

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