2025-10-06

Bariloche: sobreseyeron a José Evaristo Chávez Aguilar en una causa por robo y lesiones

El juez Ricardo Calcagno no tuvo opción ante el pedido de la fiscalía y la defensa y dictó el sobreseimiento sobre el imputado en una causa por robo doblemente agravado y lesiones graves.

Según la acusación fiscal, Chávez Aguilar había ingresado a un domicilio a robar, apoderándose ilegítimamente de diversos objetos de valor cuando fue sorprendido por el hijo del propietario y lo atacó con un cuchillo, para asegurar su huída, provocándole heridas que pusieron en riesgo su vida.

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Durante la investigación se recuperó parte de los elementos robados, pero el Ministerio Público Fiscal concluyó que no había pruebas suficientes para sostener la acusación y avanzar a juicio. Además, el denunciante, claramente atemorizado, perdió interés en continuar con el proceso.

El juez Ricardo Calcagno dictó el sobreseimiento por la falta de fundamentos para requerir la apertura a juicio que esgrimió la fiscalía y aclaró que la tramitación del caso no afectó el buen nombre y honor previo del imputado.

Este fallo se conoce en paralelo con otra resolución judicial que unificó en 26 años de prisión las condenas de Chávez Aguilar por los homicidios de David Oyarzo (2014) y Sebastián Ojeda Ferro (2024). En este último caso, el acusado había cometido el crimen mientras estaba prófugo tras una salida transitoria.

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