2022-05-02

NUEVO RECHAZO A PRETENSIÓN DEFENSIVA

STJ negó que la Corte examine orden de desalojo de comunidad Carrilafquen

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, negó el recurso extraordinario federal que intentó la defensa de integrantes de la comunidad Carrilafquen, pretendiendo la revisión del máximo órgano judicial de la Nación, de la orden de restitución de un predio ocupado que dispuso el juez de Garantías Juan Pablo Laurence.

Los jueces Ricardo Apcarián, Sergio Ceci, Sergio Barotto, Liliana Piccinini y María Cecilia Criado, rechazaron la pretensión defensiva de elevar el tratamiento del caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, por lo que la orden de restitución que oportunamente dictara el juez de garantías barilochense Juan Pablo Laurence, todavía está en pie, aunque la defensa podría intentar un recurso de queja ante el máximo tribunal de la Nación.

Laurence había otorgado un plazo para que la comunidad abandone voluntariamente el predio ocupado y en disputa con un privado, bajo apercibimiento de ordenar el desalojo forzoso, tras aceptar la imputación por el delito de usurpación contra Natividad Antual, María Isabel Antual, Valeriano Currumil, Sixto Aníbal Painefil y René Segundo Ponce.

La decisión cuestionada ya había sido revisada y confirmada por el Tribunal de Impugnación de la provincia y por el propio STJ que rechazó una queja e inclusive fue concretada de manera parcial, porque varios de los miembros de la comunidad se retiraron voluntariamente del lugar.

“Es en este orden de ideas que la decisión de desalojo forzoso e inmediato reintegro de la posesión o tenencia del inmueble no puede habilitar la instancia, porque no reúne el carácter de definitividad ni es equiparable a tal, a la vez que la ausencia de ese requisito no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas”, dijeron los jueces al desestimar la presentación defensiva.

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