2020-11-03

DEBERÁ CUMPLIR 14 AÑOS DE PRISIÓN

Quedó firme la condena del hombre que violó a una nena en un descampado cerca del lago

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso de queja intentado por la defensa oficial de Facundo Emanuel Sotelo y con ello acabó las chances defensivas para rebatir la condena de catorce años de prisión que le impusieron y que ahora quedó firme. Abordó a una niña de once años, la trasladó a un descampado y tras golpearla hasta desmayarla, la violó.

Para los jueces que dictaron la condena, Facundo Emanuel Sotelo era un cazador al acecho de su presa. Y a juzgar por los resultados, no tuvo demasiados inconvenientes para abordar a una pequeña de once años en la vía pública, trasladarla hasta un descampado y violarla luego de golpearla hasta el desmayo. Tras consumar la agresión escapó hacia Rosario, ciudad en la que fue detenido poco después, gracias a una rápida intervención de los organismos de investigación al mando de la Brigada de Investigaciones de la delegación local de la Policía Federal.

El albañil oriundo de esa ciudad santafesina que hoy tiene unos 32 años de edad, encontró a una pequeña de once años que caminaba hacia su casa, en junio de 2014, tras salir del entrenamiento de su actividad deportiva. En la intersección de las calles Garibaldi y Mendoza, la habían dejado el entrenador y su esposa, para que la pequeña sigua su camino al reencuentro con su madre. Sotelo la observó y le preguntó la hora y tras captar su atención, la amenazó con un destornillador y la obligó a subir a su Fiat 147. Una vez en el rodado la trasladó hasta un sector descampado ubicado a pocos metros de la intersección de las calles Vereertbrugghen e Italia, cerca de la costa del lago Nahuel Huapi.

En esas circunstancias el acusado golpeó a la menor en la cabeza y la atacó sexualmente. Poco después la niña se despertó y logró escapar pidiendo ayuda en las viviendas linderas.

La presencia de un único perfil genético masculino atribuible a Sotelo, en la ropa de la víctima, fue uno de los elementos más determinantes para dar conclusión al caso, que acabó con una sentencia de 14 años de prisión, firmada por los entonces integrantes de la Cámara Primera del Crimen, Alejandro Ramos Mejía, Marcelo Barrutia y Miguel Gaimaro Pozzi, bajo el cargo de abuso sexual agravado por su comisión con arma impropia.

En su descargo el acusado dijo haber consumido cocaína esa noche y que en aquella oportunidad se encontraba sentado en el capot de su Fiat 147, cuando pasó la menor y le preguntó si “le regalaba un beso”, añadiendo luego que tuvieron relaciones sin saber la edad que tenía la niña, aunque aseveró que aparentaba tener 15 o 16 años. Para los jueces que dictaron su sentencia, su relato tenía una “explicación lógica: la abrumadora prueba de cargo que se ha detallado más arriba”. Más allá de ello, todos los actores que intervinieron en la causa, coincidieron en señalar el aspecto aniñado de la víctima, que ni por asomo aparentaba la edad que dijo haber observado el agresor.

Al momento de evaluar la pena a imponer, los jueces tuvieron a su favor que se trataba de un hombre joven y que pese a que registraba causas en trámite, ninguna había arribado a una condena y por tanto no eran computables como antecedentes. En contra del acusado analizaron la naturaleza de la acción, como los medios empleados para ejecutarla (amenazas con un destornillador y golpes en la cara de la víctima), la extensión del daño que implicó en la víctima, la dilatada ausencia escolar y el necesario tratamiento psicológico a que tuvo que ser sometida”.

*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género, podés llamar a la Línea 144, que brinda atención telefónica a víctimas de violencia de género durante las 24 horas, los 365 días del año. Es anónima, gratuita y nacional.

Mariano Colombo

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