2020-10-22

JUICIO POR USURPACIÓN

Los detalles del caso que dieron lugar a la causa contra los Buenuleo  

Ramiro Buenuleo (43), Rosa Buenuleo (37), Lucas Dinamarca (22), Sandra Ferman (33), Nahuel Maliqueo (18), Mauro Millan (49), Nicolás Quijada (18) y Claudio Raile (34), habían sido imputados por el delito de usurpación. Según la versión acusatoria, todo ocurrió a partir del año 2019 por la mañana, cuando Ramiro Buenuleo ingresó al predio a bordo de una camioneta Ford F-100 y por otros accesos entraron al predio el resto de los mencionados, dirigiéndose directamente al lugar en el que el privado había construido una vivienda.

Según surge de la documentación que obra en el expediente judicial, el lote 127 fue entregado a Antonio Buenuleo y ello fue formalizado el 6 de marzo de 1946. Aunque según reconoció la propia fiscalía en el devenir del caso,  Antonio Buenuleo se asentó en la zona en disputa en el año 1880 y que “el campo le fue otorgado por el Estado argentino por colaboraciones”. Parte de ese lote fue cedido más adelante y desafectado de la reserva del Parque Nacional Nahuel Huapi, aunque la delimitación precisa que debía ser realizada por convenio entre la Administración de Parques Nacionales y el municipio de San Carlos de Bariloche nunca se llevó a cabo. El resto del lote fue fraccionado y vendido por el propio Antonio Buenuleo, según se asegura en el expediente, pero ninguno de los compradores tiene títulos perfectos.

La fracción en disputa, en concreto, habría sido vendida por Buenuleo en noviembre de 2001 a Claudio Thiek, quien a su vez le cedió sus derechos a Emilio Friedrich en abril de 2009, que más adelante inició un proceso de escrituración que aún no tiene resolución.

El trámite del expediente tuvo varias idas y vueltas. Inició con el juez de Garantías Sergio Pichetto, quien aceptó la formulación de cargos y ordenó el desalojo. Luego el juez de Revisión Marcos Burgos, ratificó la decisión.

Un proceso de impugnación llevó el caso hasta el Tribunal de Impugnación de la Provincia, que determinó la incompetencia de la Justicia rionegrina para tramitar el proceso y lo reenvió a la Justicia Federal, que declinó la competencia.

Ante el conflicto negativo de competencia el caso llegó a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que determinó la competencia de la Justicia rionegrina para intervenir. A partir de allí, nuevamente intervino el TI y otra vez el juez de Garantías Sergio Pichetto, está al frente del proceso.

El caso apenas sorteó la formulación de cargos y a partir de los planteos fiscales, quedó sin efecto la medida cautelar de desalojo que se había ordenado.

 

Mariano Colombo/ Foto de archivo: Facundo Pardo

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