2020-08-18

CASO SOFÍA

Declararon culpable al padrastro de la niña ultrajada y fallecida

Semanas atrás en General Roca habían condenado a la madre de la pequeña. Ahora un tribunal declaró responsable al padrastro y abrirá una nueva instancia para determinar la pena que le corresponde cumplir por los aberrantes crímenes a los que sometió a Sofía, la niña de tres años que falleció en esa ciudad, luego de haber sufrido severos malos tratos, abusos y abandono.

Marcos González, padrastro de Sofía, fue encontrado autor penalmente responsable de una serie de delitos que derivaron en la muerte de la pequeña Sofía, oriunda del Valle Medio rionegrino, aunque fallecida después de su internación en un centro asistencial de alta complejidad de la ciudad de General Roca. El fallo contra González lleva las firmas de las juezas Laura Pérez y Verónica Rodríguez y del juez Oscar Gatti.

Por el hecho ya había sido condenada Janet Neira, la madre de la menor, a quien impusieron la pena de veinticuatro años y siete meses de prisión. A partir de ahora, se abrirá la instancia de cesura, para que las partes pronuncien sus alegatos y se dicte la condena definitiva de González.

Se trata de un caso que provocó y sigue ocasionando una profunda conmoción, ante el crudo relato de episodios que describió la fiscalía en su alegato. Los hechos investigados ocurrieron con anterioridad al 4 de febrero de 2019, momento en que se produjo el deceso de la niña de tres años.

Según se precisó en la acusación, al menos desde octubre de 2018, en la localidad de Lamarque y hasta el momento en que la pequeña ingresó a la guardia del hospital de esa ciudad, el 1° de febrero de 2019, fue víctima de la crueldad más extrema. Después de su internación, en virtud de su grave cuadro fue trasladada a un sanatorio roquense en el que falleció tres días después.

Janet Neira, la madre, y Marcos González, el padrastro, sometieron durante ese tiempo a diversos tipos de maltratos y abusos a Sofía, según describió la fiscalía.


La pequeña Sofía falleció luego de los maltratos, los abusos y la falta de cuidado.

Semanas atrás la mujer había admitido su culpabilidad en el marco de un juicio abreviado, aunque intentó atribuirle la responsabilidad a su pareja, que ahora resultó declarada responsable.

Según la fiscal Calarco, Neira y González actuaron “en forma conjunta e individualmente -con conocimiento y anuencia del otro-, mientras ejercían maltrato físico y psicológico, continuo y sistemático contra la niña”. Además, el sujeto abusó sexualmente de la nena en varias oportunidades, aprovechando su calidad de guardador y conviviente, sin oposición de la madre y hasta le contagió un parásito genital que únicamente se transmite por vía sexual.

Aunque cuesta imaginar los padecimientos y tormentos sufridos por la pequeña, sin dudas queda espacio para observar el funcionamiento de las instituciones que debieron haber tomado cartas en el asunto, sobre todo si se tiene en cuenta que el 16 de octubre de 2018, la jueza de Paz de Lamarque, Claudia Bascuñan, ordenó a ambos adultos la “prohibición de realizar actos violentos o cualquier otra violación de los derechos de los niños y niñas”, lo que evidencia que al menos en forma somera, se conocían detalles de lo que ocurría en el interior de la vivienda que ocupaba el grupo familiar, y era absolutamente necesario tomar medidas severas para resguardar a Sofía y sus dos hermanitos. Además, Bascuñan remitió las actuaciones a la Secretaría de la Niñez y Adolescencia y Familia (SENAF) y a la jueza de Familia N° 31, Marisa Calvo. Todo ese procedimiento judicial se inició a partir de la denuncia realizada por una vecina de Lamarque, que presenció una salvaje golpiza de parte de González hacia la niña.

Cuando el hecho estuvo consumado y la justicia realizó la investigación, descubrió que en el teléfono celular de Neira había fotografías de pornografía infantil. Pero también comprobó que con González intercambiaban mensajes acerca de los hechos investigados y las búsquedas en internet respecto de las consecuencias del abuso sexual.

La fiscal Calarco describió que “entre el 26 y el 31 de enero de 2019, tanto el padrastro como su madre le dieron a la nena golpes en la zona abdominal”, que derivó en una peritonitis y posteriormente en “un síndrome de disfunción multiorgánica por shock séptico y que produjo su muerte”, pero además reveló que: “La niña no fue asistida ni por su madre ni por el hombre, pese a que por varios días presentó dolor abdominal, vómitos y fiebre”.

En su descripción del hecho la fiscalía mencionó a más de treinta testigos y describió que la menor fue víctima de “violencia sistemática”, insultos y vejaciones, “como hacerla pasar hambre, frío, hacerla dormir parada, duchas frías, cortarle el pelo y en partes dejarla pelada”. Entre las lesiones infligidas a la niña describió “quemaduras con cigarrillos, cortes en las plantas de los pies y manos”.

Otro ribete increíble de la situación fue la actitud de la madre una vez que la pequeña fue internada. “No respondía a los operadores del área de niñez ni de salud respecto de las preguntas que se le hacían por ser la madre de la niña”, enfatizó la fiscalía. Sin embargo, parecía absolutamente consciente de lo que ocurría y hasta se presentó a solicitar el certificado de defunción antes de conocer que la pequeña había muerto, otro elemento que evaluaron en su contra.

La condena contra Janet Neira obedeció a los delitos de “lesiones leves calificadas por el vínculo reiteradas en un número indeterminado de veces; partícipe necesaria de abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización reiterado doblemente calificado por el vínculo y por la convivencia preexistente con un menor de 18 años -en carácter de partícipe necesaria-; desobediencia a una orden judicial -en carácter de autora-, abandono de persona seguida de muerte, calificado por el vínculo -en carácter de coautora-, tenencia ilegal de pornografía infantil agravada por la edad de las víctimas -en carácter de autora- todo ello en concurso real”, mientras que González fue declarado culpable de los delitos de “lesiones calificadas por violencia de género; abuso sexual gravemente ultrajante, calificado por el vínculo, por la convivencia y por la edad de la víctima, en concurso ideal con corrupción de menores agravada; desobediencia a una orden judicial, y abandono de persona seguido de muerte, en perjuicio de una niña de 3 años”.

*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género, podés llamar a la Línea 144, que brinda atención telefónica a mujeres víctimas de violencia de género durante las 24 horas, los 365 días del año. Es anónima, gratuita y nacional.

Mariano Colombo

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