CINCO AÑOS DE PRISIÓN
Dos condenados por robo armado y privación ilegítima de la libertad
En el marco de un juicio abreviado, dos hermanos resultaron condenados a la pena de cinco años de prisión por los delitos de robo agravado por el uso de arma blanca y privación ilegítima de la libertad. Ingresaron a un centro cultural y retuvieron por varias horas al cuidador, además de obligarlo a ingerir bebidas alcohólicas.
Los jueces Marcelo Álvarez Melinger, Héctor Leguizamón Pondal y Romina Martini, homologaron un acuerdo pleno de juicio abreviado y condenaron a la pena de cinco años de prisión a Dilan y Kevin Aniñir, dos hermanos de 21 y 23 años, que fueron acusados por el fiscal Tomás Soto y el adjunto Gerardo Miranda, por un hecho ocurrido en agosto de 2019.
En el marco de un procedimiento abreviado entre la fiscalía, los acusados y el defensor particular Diego Navarro, los dos hermanos Aniñir resultaron condenados por robo calificado por el uso de arma blanca en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad.
El fiscal Tomás Soto y el adjunto Gerardo Miranda acusaron a los dos involucrados por el hecho ocurrido entre las 23:30 horas del día 5 de agosto de2019 y las 03:30 del día siguiente, en el centro cultural Ruka Che.
En ese lugar los asaltantes sorprendieron a la víctima, que desempeñaba tareas de cuidador de manera excepcional, cuando los imputados ingresaron al lugar portando un cuchillo.
Luego de preguntar a la víctima acerca de la existencia en el lugar de cámaras de seguridad, lo obligaron a entregarles el manojo de llaves del complejo con el cual abrieron las puertas de las oficinas e intentaron apoderarse de distintos elementos, pero desistieron.
Según la acusación centraron su atención sobre el sereno, amedrentándolo y obligándolo a ingerir bebidas alcohólicas que llevaban consigo. Finalmente, se apoderaron de diversos objetos del lugar.
El atraco se extendió por algunas horas, en las que la víctima estuvo privada de su libertad mediante el uso de la violencia. En un momento determinado de la noche, los asaltantes obligaron a la víctima a subirse al automóvil que estaba estacionado en el predio, con intenciones de comprar bebidas alcohólicas, utilizando la tarjeta de débito del damnificado. Sin embargo, en un momento de descuido, el hombre pudo escapar y radicar la denuncia en sede policial.
Diversas declaraciones testimoniales, informes de las profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima, del Cuerpo de Investigaciones de la Policía de Río Negro, la rueda de reconocimiento, entre otros elementos, fueron enumerados por los fiscales al sustentar la acusación.
Ante la conformidad de los acusados y el consentimiento de su defensor particular, los jueces Martini, Leguizamón Pondal y Álvarez Melinger, procedieron a homologar el acuerdo y condenaron a los hermanos Aniñir, que fueron trasladados al Establecimiento Penal N°3, en el que serán alojados para cumplir la pena. Vale mencionar que ambos llegaron al juicio con prisión domiciliaria con el uso de un dispositivo electrónico de control.
Mariano Colombo