ADEMÁS LE IMPUTARON OTROS DELITOS MENORES
Diez años de prisión por tentativa de femicidio
Juan Manuel Ocampo se declaró culpable y resultó condenado a la pena de diez años de prisión, en el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado entre el propio acusado, su defensor particular y la fiscalía.
En audiencia remota desarrollada ayer por la mañana, el tribunal integrado por los jueces Héctor Leguizamón Pondal, Marcos Burgos y Romina Martini, impuso la pena de diez años de prisión a Juan Manuel Ocampo, tras homologar el acuerdo pleno de juicio abreviado que alcanzaron las partes.
A Ocampo, le atribuyeron el delito de tentativa de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por haber sido realizado por un hombre hacia una mujer mediando un contexto de violencia de género, además de lesiones leves doblemente agravadas, incendio doloso, desobediencia a una orden judicial, violación de domicilio, evasión, atentado a la autoridad, daño, robo simple y amenazas agravadas. Todos esos delitos fueron reconocidos por el acusado, que se rindió ante la profusa evidencia que logró reunir la fiscalía en el caso.
Según describió el fiscal César Lanfranchi, el primero de los hechos ocurrió el 15 de enero por la tarde en el domicilio de la víctima, cuando usando violencia se apoderó ilegítimamente del teléfono celular de la mujer, para luego portando un arma de fuego proferir amenazas.
El día siguiente, ya en horas de la madrugada, en el interior del domicilio de la víctima, el acusado intentó matarla, la amenazó de muerte, e incendió la vivienda. A su vez, desobedeció la orden impartida por el juez de Garantías Sergio Pichetto, que le había impuesto la prohibición de acercamiento.
El fiscal César Lanfranchi resumió que todas las agresiones se dieron “en un contexto de violencia de género dado que ambos mantuvieron una relación de pareja por varios años, con reiterados episodios de violencia física y verbal en la que el imputado se aprovechó de una posición asimétrica de poder, pretendiendo la dominación de su expareja”.
Finalmente, el resto de los delitos atribuidos se produjeron luego de la detención de Ocampo, cuando en la Guardia del Hospital Zonal, era asistido por personal médico e intentó evadirse, atravesó una puerta de vidrio con su cuerpo y resultó detenido a pocos metros del lugar.
Describió la fiscalía la profusa evidencia que sustentó la acusación en ambos legajos judiciales: entre otros el informe de Oficina de la Atención a la Víctima que intervino brindando contención a la denunciante, apenas notificada la fiscalía del primer hecho, testimoniales de profesionales, familiares y otros testigos de los hechos, informe del Cuerpo Médico Forense, Criminalística de la Policía de Río Negro, certificados médicos, actas de procedimientos y otros elementos.
El acusado, asistido por el abogado particular Diego Francisco Navarro, admitió ante los jueces Marcos Burgos, Héctor Leguizamón Pondal y Romina Martini, su responsabilidad en la comisión de los hechos que se le atribuyeron y acordó con la aplicación del acuerdo pleno y el monto de la pena.
*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género, podés llamar a la Línea 144, que brinda atención telefónica a mujeres víctimas de violencia de género durante las 24 horas, los 365 días del año. Es anónima, gratuita y nacional.
Mariano Colombo