2019-10-02

RECHAZARON IMPUGNACIÓN DE LA DEFENSA

Ratificaron decisión de desalojo de comunidad Buenuleo

El juez de revisión Marcos Burgos rechazó los planteos esgrimidos por la defensora Natalia Araya y ratificó la decisión de desalojar a los integrantes de la comunidad Buenuleo que inició un proceso de “recuperación” de tierras al pie del cerro Ventana. La defensa anticipó que seguirá apelando los fallos.

En su rol de juez de revisión, Marcos Burgos confirmó lo resuelto por el juez de Garantías Sergio Pichetto, y de ese modo ratificó la apertura de la investigación formal contra varios integrantes de la comunidad Buenuleo por un período de cuatro meses y la orden de desalojo que se dictó en el marco de la audiencia de formulación, cuya resolución había sido impugnada por la defensa.

En primer lugar, Araya había cuestionado la competencia de la justicia ordinaria para entender en el asunto, señalando que las tierras en conflicto se encontraban dentro del Parque Nacional Nahuel Huapi, por lo que a su criterio correspondía a la Justicia Federal la investigación de la situación allí ocurrida.

En segunda instancia, cuestionó la orden de desalojo que dispuso el juez Pichetto.

El magistrado en su resolución confirmó lo resuelto por Pichetto y recordó que años atrás, el propio Friedrich fue imputado en una causa por usurpación de la que resultó sobreseído y la causa tramitó en la justicia provincial.

Respecto a la orden de desalojo recordó que “La razón de ser de la cautelar cuestionada es el resguardo inmediato de bienes o personas que han sufrido los efectos del delito, de ahí que trasuntar el camino hasta la finalización de la etapa preliminar para recién requerirla, resultaría contrario a la finalidad inmediata y propia naturaleza del despojo preventivo que tiene como objetivo hacer cesar esos efectos e impedir que se agrave la situación de las víctimas” y agregó “Convalidar la ocupación del predio por vías de hecho, que con juicio de probabilidad resulta penalmente típica, aparece contrario al orden jurídico en su conjunto, de allí que también se justifique el desalojo forzoso para evitar la prolongación de las consecuencias lesivas del posible delito de usurpación, al ser éste de carácter instantáneo de efectos permanentes”.

Los fiscales Martín Lozada, Gerardo Miranda e Inti Isla, habían formulado cargos por el delito de usurpación contra Ramiro Buenuleo (43), Rosa Buenuleo (37), Lucas Dinamarca (22), Sandra Ferman (33), Nahuel Maliqueo (18), Mauro Millan (49), Nicolás Quijada (18) y Claudio Raile (34).

El hecho, según la versión acusatoria ocurrió el 10 de septiembre por la mañana, cuando Ramiro Buenuleo ingresó al predio a bordo de una camioneta Ford F-100 y por otros accesos entraron al predio el resto de los mencionados, dirigiéndose directamente al lugar en el que el privado había construido una vivienda.

Para el fiscal Miranda, se acreditó la violencia desplegada por los imputados a partir de ingresar en gran número a la propiedad y lo hicieron en clandestinidad.

Según describió, el ya fallecido Antonio Buenuleo había firmado en 2001 un boleto de compra y venta con Claudio Thiek, quien, a su vez, en el año 2009, le vendió a Friedrich. Para documentar todo, el propio Buenuleo concurrió a una escribanía a certificar su firma.

Mariano Colombo

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