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26/05/2026

Una madre logró una cuota alimentaria pese a seguir viviendo con su expareja por falta de recursos

El fallo dictado en nuestra ciudad aplica perspectiva de género y de niñez.
Juzgado de Familia de San Carlos de Bariloche. Imagen de archivo de Facundo Pardo.
Juzgado de Familia de San Carlos de Bariloche. Imagen de archivo de Facundo Pardo.

Una mujer obtuvo una sentencia favorable en una demanda de alimentos contra su expareja, con quien continuaba conviviendo junto a su hijo pese a que la relación había finalizado, debido a la imposibilidad económica de acceder a otra vivienda.

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La presentación judicial fue impulsada por la madre de un niño de 10 años, con el acompañamiento de la Defensa Pública de Familia de Bariloche. En la demanda explicó que, aunque seguían viviendo en la misma casa, la convivencia se mantenía únicamente por falta de recursos suficientes para alquilar otra vivienda junto a su hijo.

También señaló que existía una importante desigualdad económica entre ambos y que era ella quien asumía principalmente las tareas cotidianas de cuidado y crianza.

Durante el proceso se acreditó que la mujer realizaba trabajos informales y esporádicos, mientras que el hombre contaba con ingresos jubilatorios y sostenía la mayor parte de la economía familiar. La sentencia valoró especialmente las tareas de cuidado asumidas por la madre y el impacto que esa situación tenía sobre sus posibilidades de desarrollar una actividad laboral estable.

El caso fue analizado de manera íntegra con perspectiva de niñez y de género y se consideró acreditada una distribución desigual de las responsabilidades de cuidado. En ese marco, la magistrada interviniente remarcó la necesidad de garantizar el interés superior del niño y reconocer el valor económico de las tareas de crianza.

Además de fijarse una cuota alimentaria, la resolución también incluyó asignaciones familiares, cobertura de obra social y el pago del 50% de los gastos extraordinarios.

La cuota alimentaria se actualizará automáticamente conforme a las variaciones del Índice de Crianza del INDEC y será retenida directamente de los haberes previsionales del progenitor.

 

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