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LA VÍCTIMA ESTUVO DE ACUERDO

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04/11/2024

Entró a Bustillo como venía y le provocó varias fracturas a un ciclista: fue sobreseído tras indemnizarlo

Un choque vial que terminó con un acuerdo / Foto Ilustrativa
Un choque vial que terminó con un acuerdo / Foto Ilustrativa

Tras un acuerdo entre las partes, la fiscalía retiró la acusación y el juez interviniente dictó el sobreseimiento definitivo del acusado, al que habían atribuido la responsabilidad por las lesiones graves que sufrió un ciclista en el rostro, tras colisionar con el vehículo que conducía el imputado.

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La fiscala Silvia Paolini, el defensor Nelson Vigueras y el abogado querellante Andrés Martínez Infante, solicitaron de manera conjunta el sobreseimiento del imputado, oriundo de Córdoba, por aplicación de un criterio de oportunidad.

Ivo Erazarret había sido acusado por un hecho ocurrido el 20 de enero de 2023 en horas de la tarde sobre Avenida Bustillo a la altura del cruce con la calle Quilpo. En esas circunstancias conducía un Ford Fiesta por calle Quilpo e ingresó a Bustillo obstruyendo la libre circulación de la bicicleta en la que se desplazaba la víctima.

El ciclista impactó de lleno contra el lateral del automóvil y  sufrió una fractura multifragmentaria de húmero derecho, además de otras en el maxilar superior y en el hueso nasal, que a los efectos legales fueron catalogadas como graves, toda vez que le impidieron realizar sus tareas habituales por más de 30 días.

En la acusación fiscal se había asentado que Erazarret fue imprudente y antirreglamentario, toda vez que no circuló con cuidado y prevención, no respetó la prioridad de paso de quien circulaba por la vía pavimentada, siendo que él desembocaba desde una vía de tierra y además, no conservó en todo momento el dominio efectivo de su vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito, vulnerando con todo ello las premisas establecidas en la Ley Nacional de Tránsito.

Pero tras la formulación de cargos, el acusado y las otras partes del proceso lograron avanzar a una solución pacífica del conflicto durante la etapa penal preparatoria. Mediante un acuerdo conciliatorio se estableció que sin que implique reconocimientos de hechos ni derecho, el acusado le abonaba a la parte damnificada una reparación económica, dando la víctima por terminada su pretensión en las presentes actuaciones.

En consecuencia las partes en conjunto solicitaron el sobreseimiento de Erazarret, lo que finalmente fue dispuesto por el juez del Foro Bernardo Campana, quien subrayó que la fiscalía “ha dado suficientes razones por la cuales ha decidido aplicar el criterio de oportunidad y prescindir del ejercicio de la acción penal” y valoró “que el imputado ha reparado el daño a través de una reparación económica, y que quien se presenta como víctima se ha dado por satisfecho. Además las partes han peticionado de forma conjunta esta solución”.

En la resolución, Campana dispuso el sobreseimiento de Erazarret por el hecho de lesiones culposas graves agravadas por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un automóvil, dejando expresa mención de que la formación y el trámite del legajo judicial no afectaron el buen nombre y honor del que gozare previamente.

 

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