TOMA EN EL BOLSÓN

| 19/11/2020

Los requisitos para que se concrete el desalojo

Mariano Colombo
Los requisitos para que se concrete el desalojo

Con respecto a los requisitos para que se concrete el desalojo en El Bolsón, apuntaron los jueces que la medida de desalojo, si debiera concretarse de manera compulsiva, "debería llevarse a cabo con el auxilio de la fuerza de seguridad que se determine en la instancia de origen, entre las que tengan capacidad operativa suficiente para hacer un uso mínimo y racional de la fuerza pública, debiendo extremarse, además, los recaudos que entienda necesarios el juez instructor para garantizar la eficacia de la medida y la seguridad e integridad física de las personas que estén en el lugar y deban ser desalojadas (especialmente atendiendo a la presencia de mujeres, niños, niñas, adultos mayores y personas con discapacidad). Además, y toda vez que en ese marco podría estarse ante la constatación de la comisión de un delito penal, debería procederse con arreglo a las disposiciones del Libro Segundo, Título 3, Capítulos 2 y 3 del CPP y a los demás cuidados y seguridades que establezca el mismo juez de la instancia anterior".

Y siguieron: "De la medida deberían ser notificados los organismos nacionales, provinciales y municipales que el magistrado entienda involucrados en la suerte de las personas eventualmente desalojadas para que, cumplido el desahucio y las diligencias procesales de rigor, en el ámbito de sus competencias las atiendan y/o ubiquen en un lugar adecuado, como así también ser anoticiado el Ministerio Público de la Defensa para que asuma la intervención que entienda corresponderle en defensa de la seguridad e intereses de los menores y, de existir en el lugar, de las personas incapaces".

También agregaron: "Ello no debería ser entendido como un obstáculo para que en la instancia de origen, de verlo necesario el magistrado, y dada la envergadura que, en cantidad de personas, habría tomado la intrusión del inmueble, se explore la utilidad de ejecutar la medida con el auxilio de herramientas alternativas al mero uso de la fuerza pública".

Mariano Colombo

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