ACUERDO EN JUICIO ABREVIADO

| 19/11/2020

Prisión en suspenso por atropellar y matar a una mujer

Mariano Colombo
Prisión en suspenso por atropellar y matar a una mujer
La audiencia de juicio abreviado se desarrolló vía Zoom.
La audiencia de juicio abreviado se desarrolló vía Zoom.

Emilio Avilés se declaró culpable en un juicio abreviado y acordó una pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial para conducir por el doble de tiempo. Había atropellado a una mujer en El Bolsón y la mató.

Fiscalía, querella, defensa y acusado alcanzaron un acuerdo pleno de juicio abreviado mediante el cual Emilio Avilés fue declarado culpable y condenado a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso, más una inhabilitación especial para conducir vehículos automotores por el término de cinco años. El acusado deberá respetar ciertas pautas de conducta.

Del acuerdo que homologó el juez Gregor Joos, participaron los abogados Darío Barroero -defensa-, Víctor Massimino -querella-, Francisco Arrien -fiscalía- y el propio acusado.

El hecho investigado ocurrió el 29 de julio pasado en El Bolsón, cuando el acusado conducía un Fiat Spazio por Avenida San Martín y, al llegar a la intersección con calle Las Heras, embistió a la señora Amelia Morales.

Como consecuencia del impacto, la mujer sufrió una pluralidad de fracturas y heridas de gravedad, que ocasionaron su deceso. De acuerdo a la acusación que pesaba contra Avilés, condujo de manera imprudente y negligente, no prestando el debido cuidado.

La fiscalía reunió diversos elementos probatorios que sirvieron para darle sustento a la acusación y, en el marco de la audiencia, describió como las más importantes las actas de actuación de la Policía de Río Negro, los informes médicos, las declaraciones de testigos del hecho, además de pericias e informes del Cuerpo Médico Forense que concluyeron que el deceso de la mujer se produjo a consecuencia de un fuerte traumatismo de cráneo.

Además, una pericia accidentológica desarrollada en el caso concluyó que Avilés reaccionó ante la presencia de la mujer con una maniobra de frenado, pero las cubiertas del vehículo se bloquearon y comenzó un proceso de arrastre, que impidieron que pueda evitar la colisión.

Además, se determinó que su velocidad era excesiva, ya que transitaba entre 67 y 87 kilómetros por hora y en el lugar del hecho debió haber conducido a unos 30 kilómetros por hora.

Al momento de celebrar el acuerdo y ponderar la pena a aplicar al acusado, se evaluó especialmente su carencia de antecedentes, como así también que no se retiró del lugar y procuró darle asistencia a la víctima, haciéndose cargo de lo sucedido. De hecho, al momento de expresar su conformidad con el acuerdo, el acusado pidió disculpas a la familia.

Al momento de aceptar el acuerdo alcanzado entre las partes, el magistrado destacó especialmente el resultado de la pericia accidentológica y remarcó como premisa fundamental el conocimiento de todos los ciudadanos que en las esquinas tienen prioridad los peatones.

Concluyó que el criterio de Avilés de aceptar su responsabilidad resultaba legítimo y las pruebas colectadas avalaban el acuerdo, siendo correcta la aplicación de juicio abreviado, subrayando que el pedido de disculpas del acusado tornaba valiosa la aplicación del acuerdo.

Mariano Colombo

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