LA DEFENSA Y LOS ACUSADOS NO SE PRESENTARON

| 19/10/2020

Juez de Revisión autorizó el desalojo en el campo de El Foyel

Mariano Colombo
Juez de Revisión autorizó el desalojo en el campo de El Foyel

El juez Marcelo Álvarez Melinger, en su carácter de juez de Revisión, autorizó al Ministerio Público Fiscal a avanzar en el desalojo del campo de la familia Soriani, ocupado por integrantes de la comunidad Lof Gallardo Calfu, en El Foyel. La medida podría ser impugnada. Los fiscales presentaron un plan de tres fases, previéndose una primera instancia de negociación y salida pacífica de los ocupantes.

En horas de la mañana de hoy el juez Marcelo Álvarez Melinger presidió una audiencia de impugnación contra la decisión que adoptó el juez de Garantías Ricardo Calcagno, al rechazar el desalojo requerido por las partes acusatorias. Tras escuchar los argumentos de los fiscales Martín Lozada y Francisco Arrien, como de los querellantes José Bianco y Jorge Paolinelli, el magistrado revocó la decisión de su par Ricardo Calcagno y autorizó a desplegar las acciones tendientes a hacer cesar la comisión del delito de usurpación que denunció la familia Soriani, en el campo de su propiedad en el paraje El Foyel.

A la audiencia faltaron los acusados y su defensor, Manuel Mansilla, quien tampoco se presentó en audiencias previas en la que se dio tratamiento a dos planteos de recusación que presentó contra el juez Álvarez Melinger y contra los fiscales. En ambos casos, por su ausencia, los planteos se declararon desiertos.

 

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El juez Álvarez Melinger siguiendo los argumentos fiscales, señaló que resultaba más grave para los acusados la detención que ordenó Calcagno que el desalojo que no autorizó, y remarcó en línea con la parte querellante que el desalojo de la propiedad, no afectaba los derechos de los ocupantes, que podían seguir realizando los planteos que consideren, por las vías que correspondan.
Álvarez Melinger destacó que "La posesión de la familia Soriani se encuentra comprometida" y eso afecta el "derecho a la propiedad, la libertad de movimiento y la normal actividad agropecuaria del lugar", subrayando además que se daban los "elementos típicos" que dejaban ver la comisión del delito de "usurpación por despojo", como así también estaba clara la "verosimilitud del derecho afectado" y "el peligro en la demora", para ordenar el desalojo.

El magistrado destacó que el desalojo forzoso se justificaba a partir del "resguardo inmediato de las personas que han sufrido el delito como de sus bienes" y advirtió que "Las vías de hecho no pueden permitirse en estado de derecho".

En consecuencia autorizó al Ministerio Público Fiscal, a través de los fiscales Lozada y Arrien, a proceder con el desalojo y la restitución de la propiedad ubicada en el paraje El Foyel a la familia Soriani, "desalojando del lugar a Blanca Gallardo y Juan Carlos Oyarzo, así también como al resto de las personas que se encuentran con ellas participando de la ocupación".

 

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En ese sentido el juez remarcó que deberá seguirse el plan transmitido por la fiscalía, cumpliendóse los distintos pasos establecidos y de ser posible se resuelva en la fase uno, que aunque no trascendió, implicaría una negociación para obtener una salida pacífica del lugar afectado.

De todos modos, el magistrado señaló que en caso de no resultar posible el acuerdo, la fiscalía podrá "continuar con el resto de las fases, autorizando a que se concrete con el auxilio de la fuerza pública: Policía de Río Negro, SENAF, defensorías de Menores y que además concurra al lugar personal de salud y de Bomberos Voluntarios, a los efectos de garantizar los derechos a la salud y el resguardo de los bienes de las distintas personas que se encuentran en el predio".

Al mismo tiempo el magistrado advirtió que "la medida solo deberá realizarse con luz solar y no podrá llevarse a cabo en condiciones climáticas adversas".

En paralelo ofició al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados, a los fines que ese tribunal estime en relación a las conductas y ausencias del defensor Manuel Mansilla.

Mariano Colombo

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