13/10/2020

No hizo tratamiento psicológico para erradicar la violencia de género y fue multado

No hizo tratamiento psicológico para erradicar la violencia de género y fue multado

Un hombre de Catriel tuvo que pagar una multa equivalente a dos salarios mínimos, vital y móvil por incumplir con la condición de realizar tratamiento psicológico. Fue denunciado por violencia de género y la jueza de paz le impuso una prohibición de acercamiento a la mujer víctima. Cómo la medida no fue respetada lo obligaron a recurrir a Salud Pública, aunque tampoco lo hizo.

La intervención de la jueza de paz de Catriel se produjo a raíz de una denuncia por Ley 3040 de Violencia Familiar. Una vez que la funcionaria adoptó las primeras medidas de protección en favor de la víctima, el expediente fue enviado a uno de los dos Juzgados de Familia de Cipolletti.

En medio, la victima volvió a denunciar que el hombre incumplía las órdenes de prohibición de acercamiento y allí se le impuso la obligación de realizar tratamiento psicológico para hacer cesar los actos de violencia. En ese mismo momento se lo intimó a acreditar en el plazo de cinco días el cumplimiento del tratamiento, bajo apercibimiento de las penalidades de la ley.

Como no lo acreditó se resolvió una multa equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil. La defensa interpuso recursos para tratar de revertir esa decisión, pero el tribunal que analizó las actuaciones terminó por convalidar las medidas.

Ese último fallo estableció que los artículos 21 y 25 de la Ley 3040 autorizan expresamente al juez o jueza a adoptar medidas precautorias y a imponer las sanciones que correspondan según las circunstancias del caso.

Recordaron a su vez que el articulo 27 prevé, entre las cautelares, la posibilidad de ordenar el abordaje socio terapéutico u otros pertinentes para garantizar la seguridad de los integrantes de la familia, hacer cesar la situación de violencia y evitar la repetición de todo acto de agresión, perturbación o intimidación.

A su vez el artículo 29 establece las sanciones aplicables, para los incumplimientos, entre las que se encuentran la “multa” que puede ser de entre uno y diez salarios mínimo, vital y móvil.

 

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