29/09/2020

Los docentes, conformes con el aumento y otras reivindicaciones

Los docentes, conformes con el aumento y otras reivindicaciones

El Plenario de secretarios y secretarias Generales de UnTER, realizado de manera virtual hoy,  definió aceptar la propuesta salarial, detallada en el Acta Paritaria del 24/09/20, porque respeta el porcentaje en todos los cargos y tramos de antigüedad, lo que hace que no se produzca un achatamiento de la pirámide salarial.

El Consejo Directivo Central de UnTER convocó a Plenario empleando la modalidad virtual (avalada por el Art. 4º  de la Res. 489/20) debido al Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio definido por los gobiernos nacional y provincial por la pandemia provocada por el COVID – 19.

Luego del análisis y debate  de la situación nacional y provincial, el Plenario señaló: que la propuesta debe ser analizada en el contexto actual de emergencia sanitaria y económica. El acumulado inflacionario es de 18,92% a agosto y la canasta básica para 4 integrantes $ 44.521.

El aumento va desde un 22.5 % a un 25.5% según el cargo y la antigüedad, ningún cargo o tramo está por debajo del 22.5%. Se respeta la pirámide salarial y tiene en cuenta el escalafón docente. Además, se destraba el tope en el básico, con el segundo cargo.

La evolución del salario docente de diciembre de 2019 a noviembre de 2020 es del 43%: pasa de $ 30,214 a $ 43.274.

En el contexto nacional, UnTER ha sido de los pocos sindicatos que consiguió adicional por conectividad y la concreción de asambleas virtuales que posibilitaron la cobertura de cargos y horas. Se avanzó también en estabilidad laboral: proceso de titularización de cargos ETAP y Técnicos de Educación Especial, quite de terminalidad a 113 cargos y el compromiso de continuar el análisis para avanzar en el quite de terminalidad a cargos de todos los niveles y modalidades. Se continúa con el planteo de la realización del 3° llamado a concurso de ingreso.

Otro punto a valorar es la homologación de derechos en el marco de la excepcionalidad y dentro de la “buena fe contractual”: -Derecho a la desconexión. -Derecho a preservar la intimidad familiar. -Derecho a respetar la jornada laboral, con flexibilidad en el horario. -Derecho a la cobertura de ART. -Plena vigencia de la Resolución N° 233/98. -Respeto a los derechos sindicales. -Derecho a la Licencia/no cómputo por COVID 19. -No variaciones en condiciones laborales y económicas. -Respeto por la Resolución N° 1080/92 y su TO Resolución N° 100/95. -Adicional de gastos por conectividad.

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