2025-12-10

Anularon una sentencia a un comisario acusado de abuso y obligan a revisar la condena

El Superior Tribunal dio lugar a los planteos defensivos y envió el caso a una nueva revisión de la condena al comisario.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar a la impugnación extraordinaria planteada por la defensa de Ricardo Nicolás Fraima y declaró nula la resolución del Tribunal de Impugnación (Se. N° 131/25), por carecer de motivación propia y vulnerar la garantía del “doble conforme”. En consecuencia, ordenó el reenvío de las actuaciones al mismo Tribunal de Impugnación para que realice una revisión integral, autónoma y exhaustiva con la misma integración.

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En marzo de 2025 el Tribunal de Juicio de la IIIª Circunscripción había condenado a Fraima por abuso sexual simple —agravado por haber sido cometido por personal de fuerza de seguridad en uso de funciones— imponiéndole tres años de prisión de ejecución condicional, pautas de conducta por tres años e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos con personal femenino a su cargo. Esa condena fue confirmada por el Tribunal de Impugnación, recurso que motivó la impugnación extraordinaria de la Defensa Oficial.

Los fundamentos de la defensa sostenían arbitrariedad en la valoración de la prueba y vulneración del derecho a ser oído: criticaron que no se valoraron debidamente declaraciones de descargo (entre ellas la de Ángela Navarrete) y que existían contradicciones respecto de tiempo, modo y lugar del hecho (señaladas, entre otros, por la perito Andrea Maccione). También cuestionaron la aplicación automática del artículo 20 bis del Código Penal.

El STJ concluyó que el Tribunal de Impugnación se limitó a reiterar las razones del Tribunal de Juicio sin efectuar una ponderación propia de las pruebas controvertidas —práctica que, según la Sala, equivale a una revisión formal y no cumple con los estándares del “máximo rendimiento revisor” exigido por la doctrina—. Por esa omisión motivacional, el fallo del TI fue declarado nulo y las actuaciones fueron remitidas para nueva valoración, debiendo ahora el mismo Tribunal de Impugnación, realizar una revisión completa del fallo y de los argumentos defensivos, para evaluar si ratifica o rectifica el fallo que condenó a Fraima. 

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