2025-09-12

Siete meses de prisión efectiva para un hombre por encubrimiento y robo en grado de tentativa

El Tribunal homologó un acuerdo pleno entre la Fiscalía y la defensa del acusado. El imputado fue declarado reincidente y deberá cumplir la condena en un establecimiento penitenciario de la provincia.

El Foro de Jueces de Bariloche condenó a Horacio Francisco Cáceres a la pena de siete meses de prisión efectiva por los delitos de encubrimiento por receptación sospechosa y hurto en grado de tentativa. La resolución fue dictada el 7 de agosto de 2025 y homologó el acuerdo pleno alcanzado entre la fiscal Silvia Paolini y la defensa, a cargo de la abogada Blanca Alderete.

Lee también: Crimen del trabajador de Invap: revés para la fiscalía pone en duda el ensañamiento y la alevosía

El caso tuvo dos episodios relevantes. El primero ocurrió entre el 9 y el 23 de diciembre de 2024, cuando Cáceres fue sorprendido trasladando una motocicleta Motomel con pedido de secuestro, sin documentación ni patente colocada. El vehículo había sido denunciado como sustraído por su propietario, Luis Ezequiel Villamayor.

El segundo hecho se produjo el 31 de marzo de 2025, en la Feria Sin Fronteras, ubicada en las calles Onelli y Santa Cruz. Según la acusación, Cáceres intentó apoderarse de una cartera perteneciente a Bilma Lizarazu Arias. Si bien logró huir, abandonó el objeto en plena fuga. Más tarde fue identificado por las víctimas y por registros fílmicos que confirmaron su accionar.

La Fiscalía sostuvo que la evidencia —actas policiales, denuncias, informes del 911, filmaciones de cámaras de seguridad y declaraciones testimoniales— resultaba suficiente para acreditar la autoría y materialidad de los hechos, lo que motivó la propuesta de un juicio abreviado.

En audiencia, Cáceres aceptó su responsabilidad y consintió la pena propuesta, que contempla además la declaración de reincidencia, ya que en diciembre de 2023 había sido condenado por un tribunal de Morón a un año y dos meses de prisión por encubrimiento agravado con ánimo de lucro.

El juez Juan Martín Arroyo resolvió rechazar el pedido de la defensa para que el condenado permaneciera alojado en una comisaría y ordenó que sea trasladado a cualquier establecimiento penitenciario de la provincia. Asimismo, dejó sin efecto la orden de rebeldía y captura que pesaba sobre él.

La sentencia ya fue comunicada al Juzgado de Ejecución y a la víctima, en cumplimiento de la normativa vigente.

Te puede interesar