Anularon decisión de otorgar salidas transitorias a un condenado a perpetua
Los jueces Marcos Burgos, Sergio Pichetto y Juan Martín Arroyo, de forma unánime, anularon la decisión que había adoptado la jueza de Ejecución Penal Sandra Ragusa y con ello anularon la concesión del beneficio de salidas transitorias que se le había otorgado al homicida José Luis Machuca, condenado a prisión perpetua.
El beneficio había sido otorgado pero con condiciones adicionales no solicitadas por ninguna de las partes. Por ello la defensa apeló y la fiscalía acompañó en todo su pedido, argumentando que lo planteado tenía asidero y razón. Pero no salió como se esperaba. El tribunal de revisión anuló lo actuado y la defensa volvió a plantear objeciones.
El Tribunal de revisión resolvió anular la resolución del Juzgado de Ejecución Penal que había otorgado las salidas transitorias a José Luis Machuca, condenado a prisión perpetua por el homicidio agravado de Claudio Figueroa en El Foyel, ocurrido en 2012.
La audiencia del martes 2 de septiembre se llevó adelante luego del insólito episodio en que la fiscalía no se presentó a la instancia anterior, lo que obligó a suspenderla. En esta oportunidad, el tribunal compuesto por los jueces Marcos Burgos, Sergio Pichetto y Juan Martín Arroyo escuchó los argumentos de la defensa y revisó los antecedentes del caso.
Machuca, quien lleva más de 13 años detenido, había obtenido informes favorables que lo habilitaban a acceder al régimen de salidas transitorias desde el 8 de agosto de 2025. La propia fiscalía —en este caso representada por la fiscal Mariana Lascano y Gerardo Miranda— había prestado conformidad con la solicitud, sin proponer condiciones adicionales.
Sin embargo, la jueza de Ejecución Penal, Sandra Ragusa, impuso dos requisitos que no habían sido solicitados por ninguna de las partes: un nuevo informe psicológico y una evaluación sobre la idoneidad de la pareja de Machuca como posible tutora, a pesar de que se trata de la madre de sus hijos y su único vínculo afectivo fuera del penal.
La defensa pública, a cargo de Carolina Biglieri, impugnó inmediatamente la decisión y el tribunal revisor le hizo lugar, señalando una serie de contradicciones en los fundamentos del fallo: por un lado, la jueza consideró que el informe del psicólogo actuante no era idóneo, pero luego basó su decisión en el informe de otra profesional para finalmente conceder parcialmente el beneficio.
Durante la exposición oral, incluso se recordó que en la audiencia anterior se había cortado la luz en medio de los argumentos de la jueza, quien finalmente emitió su resolución de forma escrita. Esa decisión, calificada como “arbitraria” por la defensa, fue finalmente revisada por el tribunal.
Los jueces anularon la resolución del Juzgado de Ejecución Penal y remarcaron que no correspondía condicionar las salidas con exigencias no previstas legalmente ni pedidas por las partes. También realizaron dos aclaraciones respecto a la figura de la tutora y la evaluación psicosocial, aunque sin invalidar el vínculo familiar existente.
Biglieri formuló reserva para eventualmente acudir a instancias superiores, en caso de que vuelva a plantearse alguna medida restrictiva contraria a derecho.
José Luis Machuca fue condenado junto a Valentín Manríquez por el homicidio de Claudio Figueroa, un hombre con discapacidad que vivía en un lote fiscal en El Foyel. El crimen, ocurrido en agosto de 2012, tuvo como móvil la apropiación del terreno donde vivía la víctima.
El cuerpo de Figueroa fue hallado en una letrina tapada con cal y tierra, luego de que su hermano notara su ausencia. Al momento del hallazgo, Machuca ya se encontraba en la vivienda, acompañado por su pareja e hijo.
En años posteriores a la condena, Machuca protagonizó hechos de indisciplina carcelaria e incluso una evasión, lo que llevó a su traslado al penal de Viedma. A pesar de esos antecedentes, el cumplimiento de etapas de tratamiento penitenciario y la evolución de sus informes psicosociales habilitaban su acceso a salidas transitorias, siempre bajo control y supervisión.