JUICIO ABREVIADO
Compensará a la víctima y tendrá pena en suspenso por una tentativa de robo agravado
El juez Sergio Pichetto homologó un acuerdo pleno de juicio abreviado presentado entre la fiscalía, la defensa y el propio acusado. Así, resolvió la situación de un joven de 23 años involucrado en una tentativa de robo en poblado y en banda. Tendrá pena en suspenso y deberá cumplir pautas para evitar ir a prisión.
Agustín Iuri Baroni Lessa de Oliveira, aceptó el consejo de su defensor particular, Manuel Mansilla, y confesó su participación en el hecho que le reprochó la fiscala Alejandra Bartolomé. A cambio, recibió una pena de un año y nueve meses de prisión en suspenso, con la obligación de compensar económicamente a la víctima y respetar las pautas de conducta que le impusieron como parte del acuerdo que cerró su vinculación al caso.
Había sido acusado por un hecho ocurrido el pasado 23 de agosto de 2024, en horas de la noche, cuando junto a otras tres personas ingresó a una cabaña de alojamiento turístico, tras dañar el cerco perimetral del predio, la puerta de ingreso a la misma y el sistema de alarma que la protegía.
Personal policial de la comisaría 28 acudió de inmediato ante el llamado de la damnificada, que a su vez había sido alertada por el sistema de monitoreo de su alarma. En el lugar, pusieron en fuga a los delincuentes, logrando aprehenderlos a pocos metros.
El hecho fue encuadrado en la figura de robo doblemente agravado por haber sido cometido en poblado en banda y fractura de puerta de acceso a vivienda habitada en grado de tentativa, siendo el acusado responsable a título de coautor.
Según las constancias del expediente, cuando la policía llegaba al lugar divisó a los ladrones que corrían a metros de la intersección de las calles Austria y Francia y allí lograron reducirlos. Además, un vecino aportó el registro de sus cámaras de seguridad, en el que se habían detectado los movimientos previos y posteriores al atraco, por parte de los malvivientes.
La propuesta de la fiscala Bartolomé, incluyó la condena de un año y nueve meses de prisión en suspenso, con el cumplimiento por dos años de las pautas de conducta de rigor, como fijar domicilio y presentarse bimestralmente ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados y abonar a la víctima una reparación económica de cien mil pesos.
En la propuesta que finalmente se homologó, se destacó la ausencia de antecedentes penales computables del sujeto, más allá de que logró salir airoso de otro legajo judicial que lo tenía como protagonista, mediando la aplicación de una suspensión del juicio a prueba.