2024-07-05

ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO

Ocho meses de prisión condicional por manosear a una niña

El juez Juan Martín Arroyo homologó el acuerdo alcanzado entre las partes y condenó a un hombre a la pena de 8 meses de prisión en suspenso como autor del delito de abuso sexual simple.

En el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado, fiscalía, defensa e imputado se presentaron ante el juez para el dictado de una sentencia de ocho meses de prisión en suspenso, sujeta al cumplimiento de pautas de conducta, para el sujeto que reconoció haberle tocado la cola a la hija de su primo.

De acuerdo a la acusación, el hecho ocurrió entre finales de diciembre de 2021 y los primeros días del mes de enero de 2022, durante las celebraciones de año nuevo de un grupo familiar. En esas circunstancias, en el interior de un domicilio, el acusado manoseó a la niña de 10 años, y le advirtió que debía guardar silencio bajo amenaza de males mayores.

En consecuencia, el hecho fue descripto como constitutivo de los delitos de abuso sexual simple y amenazas simples, siendo el acusado responsable a título de autor.

Durante dos años, el acusado deberá respetar pautas de conducta para evitar ir a prisión. Fuera de las genéricas, destaca la de abstenerse de acercarse y tomar contacto por cualquier vía respecto de la víctima. En caso de transgredir las condiciones, podrá ser encarcelado.

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