MANOSEÓ REITERADAMENTE A UNA SOBRINA
Confesó en juicio abreviado pero dice que se arrepintió: mantienen la condena
El juez Adrián Zimmermann rechazó la impugnación de una sentencia dictada mediante un acuerdo de juicio abreviado y en consecuencia confirmó la pena impuesta a un hombre que admitió una serie de hechos de abuso sexual simple.
El pasado 1° de junio mediante un acuerdo de juicio abreviado, el fiscal Martín Govetto, el defensor oficial Nelson Vigueras y el propio acusado, identificado con las iniciales H.H.V. en el expediente al que tuvo acceso El Cordillerano, se resolvió la situación del imputado en una causa en la que le atribuyeron los delitos de abuso sexual simple reiterado, al menos en tres ocasiones. En consecuencia fue condenado a la pena de 3 años y 6 meses de prisión.
Según la imputación, en fechas que no pudieron determinarse con exactitud, pero entre mayo de 2013 y mayo de 2019, el acusado ejerció violencia sexual sobre una niña de 7 años de edad, sobrina de su pareja, en los momentos del día en los que se quedaba solo con la pequeña. Según la acusación la pequeña intentó defenderse en una ocasión valiéndose de un cúter, mientras que el sujeto aprovechaba cuanta ocasión se le presentaba para manosear a la niña y obligarla a tocarlo, con movimientos masturbatorios.
Pero curiosamente tras declararse culpable y aceptar la condena del juicio abreviado, el acusado cambió de defensor y realizó un planteo apuntando que nunca entendió de qué se trataba el juicio abreviado, declamando su inocencia.
Sin embargo la presentación realizada por el abogado Ricardo Gonzaga contó con el rechazo del fiscal Govetto, quien señaló que no existía ningún agravio en concreto ni demostrable y se trata solo de un arrepentimiento que realiza para tratar de ganar tiempo para evitar ir a prisión.
Pero el magistrado analizó que “el imputado y su defensor fueron explícitos en decir que querían un juicio y que estuvo presionado para aceptar el acuerdo pleno, pero en ningún momento negaron el cabal cumplimiento de los extremos requeridos para que se homologue el mismo” y recordó que el acusado tuvo varios abogados defensores y hasta una sobrina (también abogada) que lo aconsejaron jurídicamente, por lo que más allá de los sentimientos y angustias que pudo haber sufrido el encartado, nada demuestra -ni siquiera mínimamente- que se afectó la libertad de decidir y expresar voluntariamente el consentimiento al acuerdo pleno que homologó el a quo y en definitiva declaró inadmisible el planteo defensivo.