LA DEFENSA DIJO QUE SU ASISTIDO ES INIMPUTABLE
Fiscalía pidió declarar culpable de homicidio triplemente agravado a Fernando Alves Ferreira
El fiscal jefe Martín Lozada pronunció su alegato ante el jurado popular y requirió que Fernando Alves Ferreira sea declarado culpable del homicidio agravado triplemente por femicidio, por mediar violencia de género y por haber sido cometido con alevosía.
Tras la incorporación de los últimos testimonios y de un cuarto intermedio, finalmente esta tarde las partes pronunciaron sus alegatos. Para la fiscalía no quedaron dudas. Fernando Alves Ferreira cometió el crimen al efectuar los nueve disparos con un revólver Magnum .357 y probablemente otro proyectil más que dañó severamente la nariz de la mujer, pero no fue encontrado en la escena del crimen ni en el cuerpo, producto del sector cartilaginoso y de abundantes tejidos blandos del tabique nasal.
El fiscal Lozada señaló que la cuestión de la autopercepción como mujer introducida por Alves Ferreira poco antes del juicio fue una estrategia “para zafar de uno de los agravantes” y enfatizó que el acusado tuvo el gobierno pleno del hecho antes, durante y después de cometerlo.
Lozada enfatizó que el acusado cosificó a Eduarda al utilizarla solo a los efectos de satisfacer sus deseos y una vez cumplidos, la mujer se convirtió en un estorbo y por eso la asesinó. Inclusive a través de sus comunicaciones telefónicas se podía apreciar como el acusado había anunciado que mataría a Eduarda el martes 16 de febrero de 2022, lo que finalmente ocurrió. Además, había planificado regresar a Brasil, su país de origen y había anunciado que viajaría solo con los dos mellizos que nacieron fruto de la subrogación de vientre y con la pequeña hija que Eduarda había tenido después, pero ya sin Eduarda, por lo que denotaba una planificación del crimen.
En ese sentido, remarcó que a lo largo del juicio con elementos objetivos y científicos se comprobó que tuvo la frialdad suficiente para ejecutar todo el plan, buscar el arma, los proyectiles, trasladarla a un descampado, vaciar el arma, recargarla y continuar con su plan. Para la fiscalía cada uno de los actos está marcado por la racionalidad, por el gobierno, por la frialdad y la perversidad.
El alegato defensivo: no culpable por inimputabilidad.
El defensor oficial Nelson Vigueras reclamó al jurado popular un veredicto de no culpabilidad por un trastorno transitorio al momento del hecho y apeló fundamentalmente a la duda razonable sobre la ocurrencia del hecho.
Destacó inconsistencias en la acusación y reclamó pruebas en vez de palabras. En tal sentido, descartó el contexto de violencia de género, el agravante de alevosía y fundamentalmente la figura de femicidio, pues su asistido se autopercibe mujer y para la legislación es algo que no se tiene que probar.
También apeló al informe del licenciado Fernícola, que concluyó que Alves Ferreira fue objeto de un trastorno transitorio que no le permitió “comprender ni dirigir sus acciones” y remarcó el estado paranoide que reflejaron las pericias que le practicaron.
El juez que preside la audiencia, Juan Martín Arroyo, dictó un cuarto intermedio para preparar las instrucciones al jurado popular, antes de permitir que pase a deliberar.