2020-10-26

DIVERSOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Dos sargentos de la comisaría 42 irán a juicio

La jueza Romina Martini admitió la acusación que presentó el fiscal Guillermo Lista y habilitó la instancia de juicio oral contra dos sargentos ayudantes de la Policía de Río Negro, a los que atribuyeron una importante cantidad de delitos contra la administración pública. La fiscalía adelantó una pretensión punitiva de cinco años de prisión e inhabilitación perpetua para el ejercicio de cargos públicos.

La audiencia había comenzado algunos días atrás, pero debió suspenderse porque la jueza Martini admitió una serie de planteos defensivos y otorgó un plazo al fiscal para adecuar la acusación según las formalidades señaladas.

Ahora, Lista se presentó ante la jueza para pedir la apertura de la instancia de juicio, planteó la acusación, presentó la prueba que requerirá en esa instancia para acreditar su teoría del caso y adelantó que reclamará una pena de cinco años de prisión e inhabilitación especial perpetua para el ejercicio de la función pública para ambos acusados.

Se trata de Andrea de las Nieves Melin y Alfredo Pedro Millanao, ambos con el rango de sargento ayudante de la Policía de Río Negro, a quienes atribuyeron ser coautores de los delitos de defraudación a la administración pública, agravada por ser ambos funcionarios públicos, malversación de caudales públicos en la modalidad de peculado de servicios, falsificación de instrumento público, negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos, en relación a tres hechos que fueron nominados como primero, segundo y tercero. A la sargenta, además, le atribuyeron el delito de tenencia de arma de fuego sin la debida autorización legal, al secuestrarse en su domicilio, según la pieza acusatoria, una escopeta calibre 32 de caño simple, de la que no era legítima usuaria.

La acusación que presentó Lista contra Melin (39) y Millanao (42), ambos de la comisaría 42, describe que los dos realizaron traslado de valores para la empresa “Diarco” en horario de servicios, incumpliendo con lo estipulado por la normativa policial y a sabiendas de la ilegalidad en que incurrían y además señala que lo hicieron con el inequívoco propósito de percibir dinero a su favor.

El documento firmado por Lista también detalla que los involucrados percibieron dinero en concepto de combustible por el uso de sus vehículos particulares y que falsearon documentos para disimular las cuestiones referidas anteriormente, que van en contra de la normativa que regula el funcionamiento y comportamiento de los miembros de la fuerza.

Según la descripción del hecho, a raíz de la conducta desplegada, la Unidad Fiscal Temática pudo determinar que en el periodo comprendido entre el 1° de agosto de 2016 y el 28 de febrero de 2018, Melin y Millanao percibieron más de 40 mil pesos cada uno en forma indebida en concepto de traslados de caudales en horarios en que debían estar prestando servicios dentro de la unidad 42. A ello se sumó más de veinte mil pesos cada uno en concepto de combustible por poner a disposición sus vehículos particulares.

Apuntó Lista en su pedido de juicio que Melin y Millanao percibían triple pago. En primer término por encontrarse de servicio. En segundo lugar, por el pago en razón del traslado de valores y, finalmente, por la percepción de dinero en concepto de “combustible”, actividad que no se encuentra permitida por reglamentación policial.

Mariano Colombo

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