POR TREMENDO SINIESTRO VIAL
Hubo un acuerdo civil y no aceptaron formulación de cargos
El juez de Garantías Ricardo Calcagno, rechazó la formulación de cargos que realizó la fiscal Silvia Paolini porque la defensa argumentó que se había concretado un acuerdo económico con las víctimas en sede civil. Se trata de un caso iniciado a partir de un siniestro vial en el que dos personas resultaron con lesiones graves y gravísimas.
Eduardo César Gattas conducía una camioneta Toyota Hilux por calle 25 de Mayo, el 27 de mayo de 2016. Lo hacía a una velocidad excesiva de unos 80 kilómetros por hora e intentó cruzar la intersección con calle John O´Connor sin disminuir su velocidad.
Al hacerlo, impactó a una motocicleta Zanella que circulaba por la última arteria mencionada con dos personas a bordo. Patricio Asenjo Tobar y Sergio Pérez Mansilla. Tras el choque, Gattas no detuvo su marcha y se escapó del lugar, deteniéndose a varias cuadras de allí, en la intersección de Fagnano y Elordi.
Los dos jóvenes que iban en la motocicleta sufrieron heridas de gravedad. Asenjo Tobar tuvo fracturas en sus piernas mientras Pérez Mansilla sufrió severos traumatismos y fracturas craneanas que derivaron en un daño neurológico irreversible. De manera que el hecho fue encuadrado en la figura de lesiones graves y gravísimas culposas.
La fiscal Paolini le atribuyó la conducción imprudente, negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor y pidió un plazo de cuatro meses para desarrollar la etapa de investigación preparatoria.
Sin embargo, el defensor (hijo del acusado) presentó una serie de escritos en los que acreditó que la compañía de seguros que cubría el vehículo conducido por su padre, había arribado a un acuerdo civil con los damnificados que ya se había cumplido y que una de las cláusulas del acuerdo especificaba que los dos involucrados desistían de cualquier acción o reclamo en sede Civil o Penal o reclamo en sede Civil o Penal.
Aunque la fiscal se quejó porque no tenía conocimiento del acuerdo mencionado por la defensa, el juez Ricardo Calcagno recordó que en el Código Procesal Penal actual rige como principio fundamental el principio de buena fe procesal, por lo que no aceptó la formulación de cargos y habilitó a la fiscalía para tomar contacto con los acuerdos y decidir si correspondiera, el archivo de las investigaciones.