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11/08/2026

Ordenan cortar 20 pinos por riesgo para una vivienda de Bariloche

Un fallo del fuero Civil hizo lugar a una acción de daño temido luego de que el Servicio Forestal Andino determinara que los ejemplares presentan inestabilidad estructural.
Otro de los trabajos realizados por poda preventiva.
Otro de los trabajos realizados por poda preventiva.

La Justicia de Bariloche ordenó cortar al ras del suelo 20 pinos ponderosa ubicados sobre una medianera, luego de que una evaluación del Servicio Forestal Andino determinara que los ejemplares presentan inestabilidad estructural y podrían representar un riesgo para una vivienda ubicada en la zona oeste de la ciudad.

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La resolución se produjo a partir de una acción de daño temido presentada por una mujer que advirtió sobre el peligro que los árboles generaban sobre su propiedad. Según consta en el expediente, los ejemplares superan los 20 metros de altura y se encuentran sobre la línea divisoria con los terrenos vecinos.

La propietaria había planteado que, ante situaciones de fuertes vientos, el estado de los árboles podía derivar en desrames, desgajes o incluso roturas de los troncos, con consecuencias sobre su vivienda y las personas que viven allí.

La evaluación que determinó el riesgo

Antes de recurrir a la Justicia, la mujer aseguró que había realizado reclamos verbales ante los responsables de los inmuebles linderos para que adoptaran medidas destinadas a reducir el peligro, aunque no obtuvo una respuesta concreta.

La situación fue evaluada posteriormente por el Servicio Forestal Andino. Los especialistas constataron la presencia de 20 pinos ponderosa y determinaron que presentaban inestabilidad estructural.

A partir de ese diagnóstico, recomendaron el corte de todos los ejemplares al ras del suelo. También propusieron reemplazarlos por especies nativas arbustivas, en igual cantidad, y señalaron que antes de realizar los trabajos debían cumplirse los trámites correspondientes ante el organismo forestal.

Ese informe técnico tuvo un peso central en la decisión judicial, ya que permitió respaldar la existencia de un riesgo concreto sobre la propiedad y quienes la habitan.

Qué resolvió la Justicia

Con esos elementos, el caso llegó al fuero Civil mediante una acción de daño temido, una herramienta judicial destinada a prevenir situaciones en las que existe un peligro cierto y grave para las personas o los bienes.

El magistrado consideró acreditado el riesgo denunciado y entendió que resultaba necesario adoptar una medida preventiva para evitar posibles daños derivados de la caída o rotura de los ejemplares.

La orden alcanzó a Del Valle SRL y/o a los responsables de la explotación comercial “La Posada del Angel”, a los responsables de “La Posada del Chimango” y a quienes resulten propietarios, poseedores o tenedores de los inmuebles involucrados.

El fallo dispuso que los 20 pinos ponderosa sean cortados al ras del suelo, respetando las indicaciones del Servicio Forestal Andino y completando previamente las autorizaciones y trámites exigidos por el organismo.

Además, la resolución estableció qué sucederá si los responsables no cumplen con la orden. En ese caso, la mujer que inició la acción podrá realizar los trabajos por su cuenta, pero los costos quedarán a cargo de los demandados.

Como medida para garantizar el cumplimiento, el juez fijó una sanción de 50.000 pesos por cada día de demora. También contempló la posibilidad de remitir los antecedentes al fuero penal ante una eventual comisión de un delito de orden público.

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