2018-08-24

Piden condena de prisión en suspenso para secretaria judicial destituida

La fiscal Alejandra Bartolomé sostuvo la acusación contra Mariela Taboada, ex secretaria del Juzgado de Instrucción 2, y reclamó que sea condenada a la pena de seis meses de prisión bajo los cargos de abuso de poder e incumplimiento de los deberes de funcionario público. La defensa cuestionó la endeblez de la acusación y reclamó la absolución. Taboada había sido destituida de su cargo por graves desarreglos de conducta y mal desempeño de sus funciones.

El hecho imputado por la fiscal ocurrió el 20 de mayo 2015, a las 9 en sede del Juzgado de Instrucción N° 2 de Bariloche. En esa circunstancia Taboada, en su carácter de secretaria judicial, habría recibido a una menor de 15 años que debía prestar declaración bajo el sistema de cámara Gesell en una causa judicial por homicidio. Sin embargo, siempre según la imputación, la funcionaria “interrogó a la niña con interés de obtener información de relevancia de manera insistente, mortificando a la misma. Lo hizo sobre la causa mencionada y sobre otra en la que se investigaba el homicidio de un hombre”.

Según la acusación fiscal “la niña, mortificada, manifestó a su abuela que no vendría más”, por eso se consideró que “Taboada abusó de su poder y no cumplió con sus deberes toda vez que la norma impide a funcionarios, policiales y judiciales, entrevistar de manera personal y directa, a menores de 18 años de edad”.

Para la fiscalía los hechos quedaron demostrados a partir de la recolección de testimonios que se hizo durante la audiencia de juicio. “La fiscalía no duda que la persona que interrogó a la menor de esa forma fue la secretaria Mariela Taboada” expresó y agregó que esa conducta fue “en abuso de poder por las funciones que le correspondían” y resumió que Taboada “se excedió”.

Evaluó los testimonios como verosímiles y coherentes y reclamó la pena de seis meses de prisión en suspenso para la mujer.

El defensor particular Emiliano Gallego inició su alegato diciendo que “el problema que tiene la acusación de la fiscalía es que no logra demostrar que Taboada interrogó a solas a la chica” y además apuntó que el nuevo Código Procesal Penal dejó de incriminar la conducta juzgada por lo que debería aplicarse la ley más benigna para su asistida.

El defensor, caracterizó los testimonios escuchados en la audiencia del día jueves, clasificándolos según su criterio. En ese marco señaló que algunos fueron intencionalmente confundidos y resumió que la causa no logró atravesar el plano de los rumores.

Finalmente, la propia Taboada concluyó que “nadie afirmó que me haya visto interrogar, apretar o ablandar, según los términos que los propios testigos usaron. Ninguno me vio, supusieron” y concluyó que la supuesta víctima de su accionar “ni siquiera me reconoció”.

El juez cipoleño César Gutiérrez Elcaraz, dará a conocer su veredicto el próximo 29.

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