TAMBIÉN LE ATRIBUYERON HABER GOLPEADO A LA MUJER
Un año y un mes de prisión por amenazar a su ex pareja y a la madre de ella
Por un total de cinco hechos encuadrados en las figuras de amenazas, desobediencia a una orden judicial, violación de domicilio y lesiones leves agravadas, un sujeto se declaró culpable en el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado, resultando condenado a la pena de un año y un mes de prisión en suspenso.
Pablo Gabriel Sánchez (30) se declaró culpable en el marco de un acuerdo pleno de juicio abreviado, y fue condenado a la pena de un año y un mes de prisión en suspenso, más la obligación de respetar pautas de conducta por el plazo de dos años para sostener la ejecución condicional de la pena. Ya pesaba sobre él una restricción de acercamiento hacia su ex pareja y se mantendrá por el mismo plazo que duren las otras pautas impuestas.
El sujeto estaba vinculado a varios expedientes judiciales y, en el marco de una sumatoria de hechos reprochados, fue sancionado por un total de cinco episodios que tuvieron por víctimas a su ex pareja y a la madre de aquella, a quienes de manera reiterada hostigó.
Según la acusación que elaboró el fiscal Martín Govetto, de la Unidad Fiscal de Violencia de Género, el primero de los hechos ocurrió el 28 de mayo de 2016, cuando se presentó en el domicilio de la mujer, la tomó del cuello, la tiró al piso y le propinó algunos golpes al tiempo que la insultaba. Finalizó su acción llevándose consigo al hijo que tuvo en común con la mujer. El hecho fue encuadrado en la figura de lesiones leves agravadas por la existencia previa de una relación de pareja.
El segundo hecho ocurrió el 4 de julio de 2017 cuando, nuevamente, se presentó en el domicilio de la mujer y, tras ingresar sin autorización, volvió a arremeter contra la mujer, la golpeó y amenazó. El hecho fue encuadrado en la figura de amenazas simples.
El tercero de los episodios investigados fue fijado en el 3 de julio de 2017, cuando el acusado se presentó en el domicilio de la madre de la mujer y le manifestó que la quemaría viva, para luego retirarse. Ese hecho fue calificado como amenazas simples.
El cuarto hecho fue el 21 de julio de 2017 cuando, otra vez, fue al domicilio de su expareja justo en el momento en el que la mujer arribaba a bordo de un remís. Cuando la víctima advirtió su presencia, le requirió al chofer del automóvil de alquiler que se alejara del lugar, siendo perseguida por el acusado por algunas cuadras. El hecho encuadró en la figura de desobediencia a una orden judicial de prohibición de acercamiento que le habían impuesto anteriormente.
Finalmente, el quinto delito reprochado ocurrió el 18 de septiembre de 2017 cuando otra vez se presentó en el domicilio de la mujer y le profirió amenazas de muerte. Ese hecho fue calificado bajo las figuras de amenazas simples y desobediencia a una orden judicial.
El sujeto que no contaba con antecedentes penales, aceptó declararse culpable y coincidió con la propuesta fiscal en relación a la calificación legal de los hechos y la pena propuesta, por lo que mediando además el aval del defensor oficial Marcelo Alvarez Melinger, el acuerdo pleno fue homologado por el juez Marcelo Barrutia, quien impuso la pena y las pautas de conducta al sujeto.