Tribunal de Impugnación rechazó pretensión defensiva de otorgar “probation” a empleados municipales
El Tribunal de Impugnación de la provincia rechazó por inadmisibles los planteos realizados por el defensor particular Gustavo Morlacci y de ese modo ratificó la posición fiscal que insiste en llevar a juicio a los empleados municipales y dirigentes sindicales del SOYEM que están imputados por atentar y perturbar el orden de las sesiones del Concejo Municipal, en virtud de los hechos ocurridos el 11 de diciembre de 2015.
Los jueces que integran el tribunal de Impugnación de Río Negro, Miguel Ángel Cardella, Adrián Zimmermann y Mario Altuna, consideraron inadmisible el recurso de impugnación que intentó el defensor Morlacci, como así también la pretendida declaración de inconstitucionalidad de una porción de la norma aplicable, para lograr de ese modo que se suspenda el proceso penal en contra de sus asistidos, ofreciendo realizar tareas comunitarias, abonar una suma de dinero en compensación por los daños ocasionados y respetar ciertas pautas de conducta mientras dure la suspensión, para evitar sentarse en el banquillo de los acusados durante una audiencia de juicio oral.
La acusación contra los obreros y dirigentes municipales, establece que durante una sesión del Concejo Municipal desarrollada en diciembre de 2015, en la que se dio tratamiento y finalmente se extendió la emergencia económica en la ciudad, gritaron, insultaron, silbaron, y agraviaron a los concejales y los intimidaban para que no aprueben la ordenanza, incitando a la violencia y provocando varias interrupciones a la sesión.
Finalmente, después del mediodía y cuando la ordenanza ya había sido aprobada, los imputados molestos y disconformes con la aprobación de la misma, de manera agresiva impidieron la salida de los concejales del recinto, a la vez que procedieron a romper vasos de vidrio, platos y demás objetos que se encontraban sobre la mesa de sesión, arrojándolos en contra de los concejales, provocándole heridas a varios de ellos.
La suspensión de juicio a prueba ya había sido requerida por Morlacci con anterioridad, aunque la férrea oposición del fiscal Guillermo Lista y la querellante Mercedes Lasmartres, impidió al juez de Garantías Bernardo Campana y al juez de Control Gregor Joos -que intervino en segunda instancia- aplicar ese mecanismo alternativo para dar cierre al caso.
En concreto, el ofrecimiento defensivo implicaba el pago de mil pesos por cada uno de los acusados en concepto de reparación de los daños causados, además de abrir la posibilidad para discutir caso por caso, la aplicación de tareas comunitarias y demás condiciones para la concesión del beneficio.
Pero la negativa de la parte acusatoria obligó a los jueces Campana y Joos a desestimar la petición defensiva, motivando la impugnación ante el Tribunal de alcance provincial. En esa audiencia, el fiscal Lista, explicó que su pretensión como representante del Ministerio Público Fiscal es que el caso sea profundamente dilucidado en el marco de una audiencia oral y pública de juicio y resuelta mediante una sentencia, remarcando que en el hecho investigado se atacó seriamente a una institución de la democracia, que causó una enorme conmoción pública.
En ese sentido el juez Cardella autor del primer voto en el fallo, señaló que “El fiscal motivó su opinión -entre otras- porque piensa rendirle cuentas a la comunidad de Bariloche por ser un hecho que afecta gravemente el interés público”, pero además consideró que la negativa a una suspensión de juicio a prueba que se resolvió anteriormente no es equiparable a una sentencia definitiva por lo que el recurso debía ser declarado inadmisible. A esa postura adhirieron los jueces Zimmermann y Altuna, decretando el rechazo definitivo de los planteos defensivos.