2018-04-27

Fiscal general llega a la Corte por apelación de un hombre que abusó y asesinó a una mujer

El fiscal general, Marcelo Álvarez interpuso un recurso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, contra una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, que limita en tres años y seis meses la prisión preventiva de Honorio Marín, condenado a prisión perpetua en 2015 por los delitos de abuso sexual y el posterior homicidio de María Guanziroli, de 68 años.

Contra tal sentencia, que deja al hombre al borde de recuperar su libertad ya que la condena aún no está firme, presentó un recurso el fiscal general que el máximo tribunal rionegrino encontró inadmisible. Tal resolución motivó la queja ante la Corte Suprema de Justicia.

Cabe recordar que en junio de 2017, la Cámara Primera en lo Criminal de San Carlos de Bariloche, rechazó el cese de la prisión preventiva y la excarcelación solicitadas por la defensa de Honorio Eugenio Marín.

Ante este rechazo, el defensor oficial, Juan Pablo Laurence, apeló solicitando que se tena en cuenta el vencimiento de los plazos previstos, argumento que el 17 de abril pasado sostuvo el Superior Tribunal de Justicia al entender que, efectivamente, es de tres años y seis meses el tiempo máximo de prisión preventiva incluso para este tipo de casos.

Según lo manifestado por Álvarez, la sentencia que desestima su recurso es arbitraria ya que no da respuesta a los agravios planteados con la debida fundamentación legal y viola la tutela judicial efectiva. Argumenta en este contexto que “existen determinados supuestos en que la norma que determina el plazo máximo de la prisión preventiva tiene previstas excepciones”.

“Lo que está haciendo la Fiscalía General con la presentación de este recurso es llegar hasta las últimas instancias posibles, la propia Corte Suprema de Justicia, requiriendo que un hombre que está condenado a prisión perpetua, no recupere su libertad”, explicó Álvarez.

“Existen precedentes del máximo tribunal federal relacionado con la delimitación de los plazos de prisión preventiva: en este sentido he venido sosteniendo que en ciertas causas no puede omitirse la consideración de aspectos subjetivos de las mismas”, dijo.

“En este caso, ante la gravedad del delito y la contundencia de la condena que ya ha adquirido firmeza en todos los tribunales provinciales, consideramos que sigue latente el riesgo de fuga, aspecto que debe pesar a la hora de determinar vencimientos de plazos por motivos puramente jurídicos”, finalizó el fiscal general. En su recurso requiere, en suma, que la Corte haga lugar a la queja, declarándose procedente el recurso extraordinario y dejando sin efecto el fallo del STJ.

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