2018-04-02

POR HOMICIDIO EN MALLIN AHOGADO

Habilitaron instancia de impugnación de sentencia que condenó a uno y absolvió a otro

Ambos fueron juzgados por el crimen de Franco Gavilán, ocurrido en enero de 2017 en Mallín Ahogado.

 

El máximo tribunal provincial aceptó los planteos del fiscal Martín Lozada y habilitó la instancia de impugnación de la sentencia que condenó a Adrián Matlaszuk a la pena de doce años de prisión y que absolvió a Emilio Aguilar. 

El tribunal de la Cámara Primera del Crimen, integrado por Marcelo Barrutia, Miguel Ángel Gaimaro Pozzi y Emilio Riat, había dictado el fallo a finales del año pasado y provocó la apelación de todas las partes que intervinieron en el proceso: la defensa por la condena a Matlaszuk y la querella y fiscalía por la absolución de Aguilar.

Ahora los jueces del Superior Tribunal de Justicia rechazaron los argumentos de los primeros dos y aceptaron los que expresó el representante del Ministerio Público Fiscal, habilitando el proceso de impugnación de la sentencia.

El fiscal había alegado que la sentencia había incurrido en graves desvíos lógicos, por lo que resultaba arbitraria. Relató los hechos atribuidos a Emilio Ismael Aguilar de un modo similar a la acusación privada y dio cuenta de su postura en el alegato oral, donde calificó jurídicamente su accionar como propio de una coautoría, de modo distinto del establecido en el requerimiento de elevación a juicio, que lo tenía como partícipe secundario.
En tal sentido destacó que los jueces no tuvieron por acreditado que el mencionado Aguilar diera la orden de matar, por lo que resolvió absolverlo, y afirmó que tal conclusión carece de fundamentos pues no se valoró la serie de hechos que evidenciaba el despliegue inescindible de ambos para dar muerte a Franco Gavilán.

Al revisar el caso los jueces del STJ apuntaron que “Es un dato incontrovertible que Franco Gavilán murió por un disparo de arma de fuego que ingresó por su cuello y que Emilio Aguilar presentaba un hematoma bipalpebral en ojo izquierdo y excoriaciones en codo y brazo izquierdo. No es motivo de discusión que aquel disparo fue efectuado por Matlaszuk. Asimismo, tampoco está controvertido que este, junto a Aguilar, ingresaron a la chacra y persiguieron a la víctima; el primero portando un arma de fuego con la que le apuntaba y el segundo blandiendo un cuchillo. Gavilán pasó primero por debajo de una soga, no así Aguilar -que cayó-, y en ese momento Matlaszuk tomó puntería y realizó dos disparos, el primero de los cuales impactó a aquel”.

Y luego de un profundo análisis de los planteos de cada una de las partes resolvieron: “Declarar mal concedidos los recursos de casación interpuestos por la querellante señora Selva Beatriz Gavilán, con el patrocinio del doctor Edgardo Manosalva, y por los doctores Hugo Rubén Cancino y David Milstein en representación de Adrián Javier Matlaszuk, con costas en ambos casos, y confirmar respecto de este último la Sentencia Nº 25/17 de la Cámara Primera en lo Criminal de San Carlos de Bariloche. Segundo: Declarar bien concedido el recurso de casación deducido por el fiscal de Cámara Martín Lozada” y “Disponer que el expediente quede por diez días en la Oficina, para su examen por parte del Ministerio Público Fiscal”.

El joven Franco Gavilán murió el 27 de enero de 2017 luego de recibir un disparo tras mantener una discusión con otros parroquianos en un bar del paraje Mallín Ahogado. Fue en un bar cercano a la chacra Wharton, punto de ingreso a los refugios de montaña ubicados al Oeste del río Azul. En el lugar había un centenar de turistas y mochileros que esperaban el micro para volver al pueblo.

Según la teoría de la Fiscalía, frente a un puesto de choripanes, Aguilar y Matlaszuk se acercaron a Gavilán, profiriéndole insultos que culminaron en un golpe de puño en el rostro del joven, lo cual provocó su enojo y lo llevó a extraer de sus prendas un arma blanca tipo cuchillo para enfrentarlos. Fue entonces cuando Aguilar, siempre según la imputación, extrajo un arma blanca tipo “faca” de mayor porte, lo que ocasionó que Gavilán cesara su agresión y emprendiera la huida corriendo, siendo perseguido.

En la persecución, Aguilar se cayó al suelo al tropezarse con una soga que limitaba el estacionamiento del lugar, e inmediatamente Matlaszuk extrajo un arma de fuego de puño que portaba en la cintura y ante el grito de Aguilar que le dijo “matalo”, efectuó al menos tres disparos, dos de los cuales fueron dirigidos a la persona de Gavilán, quien recibió un impacto en el cuello del lado derecho sin orificio de salida. La herida provocó un shock hipovolémico, que ocasionó su fallecimiento en la ambulancia, durante el traslado al nosocomio de la localidad de El Bolsón.

Inmediatamente después, los imputados requirieron a otra persona que los trasladara hasta su vehículo, camioneta Ford F 100, a la que ascendieron y se retiraron del lugar, aprovechando este trayecto para hacer desaparecer el arma de fuego utilizada, hasta que fueron detenidos minutos después por personal policial luego de una persecución por la zona.

Matlaszuk fue acusado como autor material del hecho y permaneció detenido desde ese momento. Aguilar, en cambio, inicialmente estuvo detenido, aunque recuperó su libertad pocas horas después, por la imputación como partícipe secundario del homicidio, que finalmente cayó ante su absolución.

Te puede interesar