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LA VÍCTIMA TENÍA 14 AÑOS

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21/10/2024

Agresión sexual en Navidad: siete años y seis meses de prisión para un sujeto que atacó a su cuñada

También le habían atribuido el delito de exhibiciones obscenas, pero los jueces no lo consideraron probado.
Los hechos que le atribuyeron al condenado ocurrieron en El Bolsón (foto ilustrativa).
Los hechos que le atribuyeron al condenado ocurrieron en El Bolsón (foto ilustrativa).

Los jueces Sergio Pichetto, Bernardo Campana y Juan Martín Arroyo condenaron a un hombre de 28 años de El Bolsón, a la pena de siete años y seis meses de prisión, por varios hechos de abuso sexual. 

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Arrien acusó al sujeto por un hecho ocurrido el 24 de diciembre de 2019, minutos antes de la celebración navideña, cuando en el pasillo que conducía al baño de la vivienda en donde se había reunido el grupo familiar, el sujeto abusó sexualmente de la menor de 14 años de edad, tocándola en sus partes íntimas.

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También le atribuyeron un hecho ocurrido días después, en horas de la noche, cuando imprevistamente ingresó al baño mientras la menor se preparaba para bañarse y la obligaba a practicarle sexo oral.

Finalmente, algunas semanas después, ya en enero de 2020, el acusado se presentó en el dormitorio donde la menor se encontraba acostada, le exhibió su pene y comenzó a masturbarse.

En consecuencia el fiscal le atribuyó los delitos de abuso sexual simple, abuso sexual con acceso carnal y exhibiciones obscenas.

Los abogados defensores Hugo Cancino y David Milstein bregaron por la absolución de su asistido y sostuvieron que los hechos no ocurrieron.

Pero los jueces concluyeron que quedó “probada la materialidad y autoridad responsable del acusado, respecto de dos de los hechos materia de acusación. En concreto, apreciamos acreditado con el grado de certeza necesario para esta instancia que los hechos consignados como 1° y 2° ocurrieron de acuerdo a la tesis acusatoria y por tanto nuestra decisión es la de declarar la responsabilidad de CJM como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual simple un hecho y abuso sexual con acceso carnal, cometidos contra una menor de 18 años de edad”.

En cambio, resolvieron “absolver a CJM, del hecho materia de Acusación nominado como 3° y que fuera calificado por el fiscal como constitutivo del delito de exhibiciones obscenas”.

Ante ese escenario la fiscalía analizó una condena dentro de una escalada de seis años a diecinueve años de prisión, reclamando la condena final de diez años, mientras que la defensa aseguró que no había motivos para apartarse del mínimo de la escalada y solicitó seis años de condena.

Al momento de determinar la pena los jueces evaluaron como agravantes la diferencia de edad entre el acusado y la víctima, el rol del agresor dentro del esquema familiar, las circunstancias especiales que rodeaban la celebración navideña y el carácter de huésped que tenía la niña en el domicilio del agresor y el grave daño causado a la víctima y como atenuante consideraron que se trataba de un sujeto sin antecedentes penales y en consecuencia le impusieron la pena de siete años y seis meses de prisión.

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