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TRAS DECLARACIÓN DE NULIDAD DE UN ACTA

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29/08/2023

Robaron quince vacas y alcanzaron a faenar algunas pero fueron sobreseídos

Robaron quince vacas y alcanzaron a faenar algunas pero fueron sobreseídos
Robaron quince vacas y alcanzaron a faenar algunas pero fueron sobreseídos

La intervención de las autoridades resultó deficiente en el caso, al no resguardar los preceptos legales obligatorios que justifiquen el accionar judicial. Consecuentemente, un juez decretó la nulidad de un acta y con ello el caso se quedó sin pruebas para sostener la acusación contra dos sujetos implicados en una causa encuadrada en la figura de abigeato (robo de ganado).

Milton Saúl Cañumil, Joaquín Miguel Alarcón y José Luis Lemonao, resultaron definitivamente sobreseídos en el marco de un legajo judicial en el que se los investigaba por la presunta comisión del delito de robo de ganado mayor.

De acuerdo a las constancias del expediente los hechos investigados ocurrieron en una fecha y horario que no pudo ser establecida con precisión, pero en un periodo de tiempo comprendido entre los últimos días del mes de abril y el 9 de mayo de 2021.

Según la acusación, los individuos ingresaron clandestinamente al puesto de “Cordillera", parte de la veranada de la estancia La Solitaria, perteneciente a la familia Mohana y también en la estancia El Reloj, ubicada en el paraje Chenqueniyen, jurisdicción de Ñorquinco, donde sustrajeron y se apropiaron ilegítimamente de quince animales raza Hereford, pelaje pampa colorado, identificados mediante caravanas;  marcas a hierro candente y señal en las orejas.

De acuerdo a lo investigado, los sujetos arrearon los animales hasta un sector denominado puesto “Cordillera” y procedieron a faenar varios de ellos en forma clandestina, con el fin de consumir y comercializar su carne, violando las reglas establecidas por las leyes de policía sanitaria animal y transportarlos fuera del radio de la estancia.

No obstante lo anterior, la defensa se presentó en audiencia ante el juez Sergio Pichetto y reclamó el sobreseimiento de los imputados fundando su petición en la orfandad probatoria en que quedó el legajo fiscal luego de la declaración de nulidad dictada por el juez Bernardo Campana en audiencia de control de acusación. La fiscalía y la querella no se opusieron al sobreseimiento instado.

 

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