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CRIMEN DE EDUARDA SANTOS ALMEIDA

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02/07/2023

¿Entonces fue Fernando o Amanda? Lo que nunca se sabrá

¿Entonces fue Fernando o Amanda? Lo que nunca se sabrá
¿Entonces fue Fernando o Amanda? Lo que nunca se sabrá

Los doce integrantes del jurado popular que juzgaron a Fernando Alves Ferreira, o Amanda, como él se percibe, concluyeron que el crimen de Eduarda Santos Almeida encuadró en las figuras de homicidio doblemente agravado: por el uso de arma de fuego y por el modo alevoso en que actuó el agresor. Al decidir así, excluyeron el tercero de los agravantes reprochados, el de femicidio. ¿Qué significa eso? ¿El asesino fue Fernando o fue Amanda?

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La respuesta nunca se sabrá. Las deliberaciones del jurado popular en este o en cualquier proceso son secretas. Los jurados populares no tienen que explicar ni fundamentar su decisión, pero además,  juraron nunca hablar de ello. No tienen que revelar cómo construyeron el veredicto, qué discusiones se pusieron sobre la mesa, ni cómo fue el procedimiento por el que arribaron al veredicto unánime que expresaron a través de su presidente ante el juez Juan Martín Arroyo, que presidió las audiencias de juicio.

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Tenían entre sus manos cuatro opciones posibles para dictaminar en relación al asesinato de la joven brasilera que había llegado al país para ser asistida económicamente por el acusado y compartir la crianza de los hijos de Alves Ferreira que ella gestó y la de una bebé que nació producto de una relación que mantuvo con otro hombre en Brasil.

Decantaron por la segunda posibilidad, que era la culpabilidad del homicidio, dentro de la cual podían optar por uno, dos o tres de los agravantes reprochados por la fiscalía. De forma unánime, concluyeron en dos.

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Para que quede claro, para que tipifique el tercer agravante que no fue impuesto por el jurado, el femicidio, tienen que suceder dos cosas fundamentales: una es que el autor del crimen sea un varón y la otra es que ese varón, que mató a una mujer, lo haya hecho mediando un contexto de violencia de género.

Al explicar ello surge una circunstancia que debe ser tenida en cuenta. No es indispensable que el jurado popular haya creído la teoría defensiva y la palabra de Alves Ferreira en relación a su autopercepción como mujer, para no aceptar el agravante de femicidio. Pues aunque no le haya creído, y haya entendido que Fernando, un hombre, mató a Eduarda Santos, bien puede haber concluido que Fernando no actuó en un contexto en el que medió la violencia de género.

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Se ha dicho en un fallo de la justicia local algunos años atrás, que no todo asesinato de un hombre hacia una mujer, constituye de por sí la figura de femicidio. Como se explicó, hace falta el contexto abusivo, violento, en el marco de una relación asimétrica de poder, en el que además de la desvalorización de género, se mate por la condición de mujer de la víctima.

Es decir que, al desestimar el tercer agravante por femicidio, el jurado puede haber creído en la teoría de la autopercepción y con ello no necesitó la discusión en relación a la violencia de género, pues en ese escenario ya no es un hombre sino una mujer la autora del crimen. Pero también puede no haberle creído, y decidido en consecuencia, excluyendo del veredicto el tercer agravante a partir de entender que no existió el contexto de violencia de género en el asesinato de Eduarda. 

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Una u otra cosa nunca se sabrá: cada uno de los integrantes del jurado juró en audiencia judicial no revelar nunca el proceso deliberativo que desarrolló tras el juicio. Ni con los medios de prensa, ni con amigos, ni con su familia. Así lo establece la Ley y así lo juraron.

Independientemente de haber resignado el agravante de femicidio, la pena establecida para el homicidio agravado por alevosía es la misma. Es decir, uno u otro agravante, o los dos juntos, importan una pena idéntica: prisión perpetua. Por ello la defensa atacó los dos y pretendió derribar también el accionar alevoso en el que actuó Alves Ferreira, al colocar a su víctima en un estado de total indefensión, y asesinarla mediante varios disparos de arma de fuego, en una zona boscosa, en un entorno nocturno y absolutamente desolado, escenario que él mismo creó para concretar la acción. Pues si prosperaban ambos planteos, podía discutir en la segunda instancia del juicio de cesura que sigue, una pena notablemente menos gravosa que la prisión perpetua.

Como sea, cada uno de los doce miembros del jurado popular, convocado a cumplir una difícil labor en carácter de carga pública irrenunciable, se lleva un secreto que sin lugar a dudas no es lo importante. Haya sido Fernando o Amanda, la acción que el jurado halló comprobada, es igual de repudiable.

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