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UNA PÉRDIDA COSTOSA POR DONDE SE LA MIRE

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02/06/2022

Las costas del proceso también las debe pagar el Municipio

Las costas del proceso también las debe pagar el Municipio
Las costas del proceso también las debe pagar el Municipio

Resuelta la sentencia a favor de la empresa 3 de Mayo, las costas del proceso fueron impuestas a la parte perdedora del pleito judicial y se tomó la base de cálculo del total indemnizatorio resuelto, es decir, los 251 millones de pesos que abarcan todos los rubros demandados y los intereses.

En tal sentido, la sentencia resolvió que “los honorarios de primera instancia de los abogados Rodolfo Rodrigo y Joaquín Rodrigo (abogados apoderado y patrocinante, respectivamente, de la demandante) deben regularse en la suma de 38,7 millones de pesos en conjunto e iguales proporciones, de acuerdo con la base regulatoria indicada, la naturaleza, la complejidad, la duración y la trascendencia del asunto, el resultado obtenido, y el mérito de la labor profesional apreciada por su calidad, eficacia y extensión”.

En tanto que los honorarios de “Natacha Vázquez, Marcela González Abdala y Paula Fagioli (abogadas apoderada y patrocinantes, respectivamente, de la demandada) deben regularse en la suma de 24,6 millones de pesos en conjunto e iguales proporciones, de acuerdo con la base regulatoria indicada, la naturaleza, la complejidad, la duración y la trascendencia del asunto, el resultado obtenido, y el mérito de la labor profesional apreciada por su calidad, eficacia y extensión”.

Mientras que “los honorarios de la perito tasadora Gabriela Josseau deben regularse en la suma de 3,7 millones de pesos de acuerdo con la complejidad, extensión y trascendencia del asunto, lo cual justifica estimarlos en el 0,5 % de la misma base empleadas para los letrados”.

En el fallo se señala que “las costas de segunda instancia deben imponerse a la demandada por no existir razones para soslayar la regla general del resultado” y en tal sentido regularon “los honorarios de segunda instancia del Rodolfo Rodrigo (abogado de la demandante) en la suma de 11,6 millones de pesos; y los de Mercedes Lasmartres (abogada de la demandada) en la suma de 6,1 millones de pesos”. 

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