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ENGAÑÓ A VARIOS COMERCIANTES LOCALES

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04/03/2022

Pagó cincuenta mil pesos, hizo tareas comunitarias y zafó en una causa por varias estafas

Pagó cincuenta mil pesos, hizo tareas comunitarias y zafó en una causa por varias estafas
Pagó cincuenta mil pesos, hizo tareas comunitarias y zafó en una causa por varias estafas

Aprovechando la emergencia desatada por el COVID-19 y valiéndose de la venta electrónica que imperó en todos los rubros, una mujer engañó a diversos comerciantes locales pidiendo mercadería y remitiendo comprobantes apócrifos de transferencias bancarias, de manera que los comerciantes enviaron la mercadería a su vivienda: juguetes, perfumería e indumentaria infantil.

Mildred Ayelén Vargas logró evitar la continuación de un proceso judicial y salió airosa de una acusación por varios hechos de estafa que pesaban sobre ella, a partir de diversos hechos que cometió durante los meses más crudos del aislamiento por la pandemia de COVID-19.

Luego de un año de suspensión del proceso a prueba, la mujer resultó sobreseída definitivamente de los delitos reprochados, a partir de los planteos que realizaron la defensora oficial Blanca Alderete y el fiscal Guillermo Lista.

La imputación que pesaba sobre la mujer incluía varios hechos delictivos que cometió con idéntica modalidad, aprovechando la situación generada por la pandemia, que en ese momento permitía a los comercios de la ciudad operar mediante envío a domicilio.

Así, el 14 de abril de 2020, en horas de la mañana, se comunicó vía WhatsApp con un tradicional comercio de calle Mitre y, haciéndose pasar por una compradora, solicitó presupuesto de dos juegos, cuyos detalles había obtenido previamente en la web del negocio. Tras ello, fingió abonar a través de una transferencia bancaria y compartió poco después el comprobante de la misma, haciendo creer a las víctimas que había concretado el pago, pero en realidad había enviado un comprobante apócrifo.

Así, persuadió a las víctimas de que le envíen los artículos adquiridos a su domicilio de manera inmediata y luego argumentó una batería de excusas ante el reclamo de las damnificadas, que tardaron en caer en la cuenta de que habían sido engañadas.

Otro hecho exactamente igual ocurrió el 22 de abril de 2020, cuando se comunicó con otra librería y juguetería histórica de la ciudad y acordó la compra de juegos y juguetes varios por más de veinte mil pesos que, tras compartir un comprobante apócrifo de transferencia bancaria, le fueron enviados a su domicilio. Cuando advirtieron que el dinero no se acreditaba en la cuenta, intentaron comunicarse con la mujer, pero nunca los atendió.

Otro hecho ocurrió el 3 de mayo de 2020 cuando intentó repetir su maniobra delictiva en un comercio de indumentaria infantil, pero no pudo lograr la estafa por motivos ajenos a su voluntad.

Ocurrió que, cuando quiso concretar la compra de mercadería por un valor cercano a los cincuenta mil pesos, la propietaria del comercio se negó a enviarle la indumentaria hasta que el dinero no se acredite en su cuenta bancaria. Inclusive, ante la insistencia de la supuesta compradora, la dueña del local consultó a una amiga suya que trabaja en un banco y la misma le advirtió que el comprobante no era legítimo dado que los números que contenía no eran correctos.

Otro hecho ocurrió al día siguiente, el 4 de mayo de 2020, cuando reeditó su accionar en una perfumería ubicada en el Shopping Patagonia. Acordó la compra de artículos de cosmética por un valor superior a los 15 mil pesos, que retiró de forma personal.

Al día siguiente, coordinó la adquisición de mercadería por un monto de aproximadamente 20 mil pesos en el mismo comercio, aunque en la ocasión los comerciantes contactaron a personal del Banco Patagonia y los anoticiaron de que estaban intentando engañarlos. Así, desde el comercio se contactaron con la policía y cuando la mujer llegó a retirar la mercadería resultó detenida.

En definitiva los hechos fueron encuadrados en la figura de estafa consumada (tres hechos) y estafa en grado de tentativa (dos hechos).

No obstante tras la formulación de cargos que planteó la fiscalía, las partes llegaron a un acuerdo para suspender por el término de un año el proceso y someter a la mujer a una serie de condiciones que la pongan a prueba.

Transcurrido el plazo, se comprobó que la mujer cumplió con las pautas impuestas: se sometió al control de las pautas de conducta a cargo del Instituto de Asistencia a Presos y Liberados, fijó y mantuvo su domicilio, no cometió nuevos delitos, reparó el daño ocasionado abonando cincuenta mil pesos y realizó trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público por el término de ciento cincuenta horas. Además, se mantuvo alejada de los comercios afectados.

En consecuencia, se declaró extinguida la acción penal pública en relación a los hechos por los que había sido acusada y se dictó el sobreseimiento definitivo, dejándose constancia de que la sustanciación del proceso no ha afectado el buen nombre y honor del que hubiere gozado con anterioridad al mismo.

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