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POR FALTA DE PRUEBAS

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30/08/2021

Rechazaron formulación de cargos por transgredir el aislamiento obligatorio

Rechazaron formulación de cargos por transgredir el aislamiento obligatorio
Rechazaron formulación de cargos por transgredir el aislamiento obligatorio

El 29 de abril de 2020 la policía observó un vehículo con tres ocupantes a bordo fuera del horario de circulación permitida. Cuando se acercaron los tres sujetos corrieron en distintas direcciones y uno ingresó a una vivienda cercana. Lo identificaron a partir del relato de un tío que salió a dialogar con la policía, pero el juez dijo que ese testimonio no es válido y no hay otras pruebas para acusar al sospechoso.

Se trata de Cristian Leandro Bonnefoi (24), a quien el fiscal Guillermo Lista pretendió formular cargos por la violación a las medidas sanitarias dispuestas para evitar la propagación de la pandemia COVID-19.  Sin embargo tras escuchar al fiscal y al defensor oficial Marcos Cicciarello, el juez de Garantías Ricardo Calcagno rechazó la apertura formal de la investigación.

Ocurrió que cuando la policía divisó el Renault Twingo con personas a bordo, fuera del horario permitido de circulación, intentaron identificar a los ocupantes y éstos salieron corriendo en distintas direcciones. Uno de los sujetos ingresó a un domicilio cercano y poco después, otra persona atendió a los uniformados, dijo ser el tío del sujeto y aportó su identidad.

Con esos elementos Lista pretendió acusar a Bonnefoi, pero el defensor objetó la acusación diciendo que el familiar que aportó los datos no fue informado sobre la posibilidad de abstenerse de acusar a un miembro de su familia y al haberse omitido tal advertencia, el testimonio no podía utilizarse para sustentar la acusación. Descartó además que la comisión del delito pueda acreditarse al suprimir ese dato. Además, Cicciarello citó al presidente Alberto Fernández al decir tras el incidente de las reuniones en Olivos que si no se verifica un peligro concreto y no abstracto, es decir que si la cuestión no deriva en contagios, no se afecta el bien jurídico protegido que en este caso es la salud pública.

El juez de Garantías Ricardo Calcagno explicó que no se iba a explayar en relación a la interpretación que hizo el Presidente del decreto que dictamina el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, aunque aclaró que “él lo puede interpretar como ciudadano, pero en los ámbitos judiciales los que interpretan la norma son los jueces, en mi humilde opinión” y luego agregó que “El Presidente dictó un decreto que todos los ciudadanos, incluido él, debemos cumplir”.

Más allá de esa cuestión, dio la razón a la defensa en cuanto a qué Bonnefoi fue llevado a la audiencia de formulación de cargos por los dichos de un pariente, y que a esa persona “no se le hizo saber el derecho de abstención para inculpar a su familiar”. Concluyó que “No puede tenerse como válido ese testimonio” y al ser el único elemento que sostenía la acusación, rechazó la formulación de cargos.

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