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ATROPELLÓ A UN PEATÓN

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12/08/2020

Se comprometió a ciertas pautas y evitó el juicio en su contra

Se comprometió a ciertas pautas y evitó el juicio en su contra
Se comprometió a ciertas pautas y evitó el juicio en su contra

Un sujeto logró la suspensión del juicio a prueba y quedó sujeto a una serie de pautas acordadas con la fiscalía. Si cumple al vencer dicho plazo, resultará definitivamente eximido de su responsabilidad penal por el hecho en el que se lo acusó de ser el autor del delito de lesiones graves culposas, agravadas por la conducción negligente y antirreglamentaria de un vehículo automotor.

Marcelo Nahuel Maldonado Figueroa fue acusado por un hecho ocurrido el 28 de junio de 2018 alrededor de las seis de la mañana, cuando conducía un Chevrolet Corsa por calle Elordi con dirección Sur-Norte e inició una maniobra de giro hacia la izquierda, sin advertir su maniobra previamente y embistió a Franco Javier Bascur, quien cruzaba la calzada de calle Mitre por la senda peatonal, desde la vereda Norte a la vereda Sur.

Producto de la colisión Bascur sufrió una fractura en su pierna izquierda y la lesión fue catalogada como de carácter grave según los médicos que lo asistieron, ya que le impidió realizar sus tareas habituales por más de un mes.

Según la acusación de la fiscalía, el accionar de Maldonado Figueroa fue negligente y antirreglamentario, toda vez que no circuló con cuidado y prevención, conservando en todo momento el dominio efectivo de su vehículo, teniendo en cuenta los riesgos propios de la circulación y demás circunstancias del tránsito y no respetó la prioridad del peatón que cruzaba lícitamente la calzada por la senda peatonal.

En el marco de una audiencia realizada ayer en los tribunales locales, la fiscal Silvia Paolini, el defensor oficial Marcos Miguel, la abogada representante de la querella Jorge Damián Merino, y el propio acusado, lograron arribar a un acuerdo para evitar el desarrollo del juicio convencional. Dando al caso un plazo de suspensión a prueba en favor del acusado.

La suspensión del proceso por el término de dos años, implica el compromiso del acusado para autoinhabilitarse en la conducción de vehículos automotores por el término de dos años, el cumplimiento de trescientas horas de tareas no remuneradas en favor de la comunidad y la obligación de presentarse periódicamente ante el Patronato de Presos y Liberados.

El defensor remarcó que la calidad de desempleado del acusado le impedía realizar un ofrecimiento económico para compensar los daños ocasionados, aunque aseguró que su defendido contaba con la cobertura de seguro correspondiente en el automóvil, por lo que el resarcimiento integral del caso se dará en sede Civil.

A fin de garantizar la paz social, la parte querellante destacó la importancia de llegar a un acuerdo y aceptó la propuesta. De igual modo se pronunció la fiscalía.

De tal manera, el juez interviniente, Gregor Joos, hizo saber las condiciones de la suspensión del juicio a prueba al acusado, advirtiéndole que el incumplimiento de cualquiera de las pautas motivaría la revocatoria de la suspensión y el reinicio del trámite de juicio convencional, a lo que el acusado respondió con su compromiso verbal.

Mariano Colombo