INCLUIRÍA UN SUBSIDIO EQUIVALENTE A UN SALARIO MÍNIMO

| 18/06/2020

Proponen emergencia cultural en Río Negro

Proponen emergencia cultural en Río Negro

Artistas de esta ciudad reúnen firmas para apoyar un proyecto de ley que declare la emergencia cultural en Río Negro. La iniciativa tiene como autores a Ignacio Casamiquela; José Luis Berros, Daniela Salzotto, Luis Noale y Pablo Barreno, legisladores del opositor Frente de Todos. En su primer artículo, el texto propone “declarar la emergencia cultural, orientada a atender la emergencia económica, social y laboral de las trabajadoras y trabajadores vinculados al sector de la industria cultural, actividad artísticas y espacios culturales” por el lapso de un año, a partir de su aprobación.

El segundo, explicita que “los beneficiarios y beneficiarias” serán en primer término, “las trabajadoras y los trabajadores de la cultura: artistas independientes que no registren relación laboral de dependencia del ministerio Turismo, Cultura y Deportes o secretaría de cultura, o de otros organismos del Estado provincial. Entre ellos, artistas plásticos, audiovisuales, teatristas, músicos, bailarines, artistas circenses, titiriteros, escritores/escritoras, vestuaristas, sonidistas, guionistas, las trabajadoras y los trabajadores de espacios culturales, salas de teatro y cine, elencos de teatro y danza, escenógrafos y otras tareas similares, sea cual sea la modalidad contractual mediante la cual desempeñen sus tareas”.

En segunda instancia, el proyecto contempla a “las Asociaciones, Academias, Escuelas, Talleres, Productoras, Bibliotecas Populares y entidades sin fines de lucro e instituciones culturales públicas”. Sin embargo, aclara el propio articulado que “la explicitación de las beneficiarias y los beneficiaros es a solo efecto enunciativo y por tanto no es excluyente de otros agentes”.

La iniciativa propone otorgar “por el plazo del artículo 1°, un subsidio mensual equivalente a un salario mínimo vital y móvil, en favor de las trabajadoras y los trabajadores de la cultura comprendidos en el artículo 2.°, para ser destinados a afrontar las necesidades económicas que impone la situación de aislamiento social como consecuencia de la pandemia”. También es intención otorgar por el mismo plazo, “un subsidio de emergencia mensual equivalente al 100 por ciento del canon de alquiler de los inmuebles en donde desarrollan su actividad artística/laboral las trabajadoras y los trabajadores de la cultura comprendidos en el artículo 2 de la presente ley”, entre otras disposiciones.

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