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03/10/2019

Defensa busca atenuar acusación por intento de femicidio , daño y abuso de armas

Defensa busca atenuar acusación por intento de femicidio , daño y abuso de armas
Defensa busca atenuar acusación por intento de femicidio , daño y abuso de armas

El fiscal jefe Martín Lozada y el fiscal Tomás Soto coincidieron en señalar que a lo largo del juicio se acreditó cabalmente la acusación que pusieron en cabeza de Carlos San Martín. Pidieron entonces la declaración de responsabilidad del sujeto en orden a los delitos de daño, amenazas, tentativa de femicidio y portación de arma de fuego sin autorización. La defensa alegó que no tuvo intención de matar y requirió que se lo declare responsable por daño y abuso de armas.

Tras la incorporación de los últimos testimonios y la declaración indagatoria del acusado, culminó ayer jueves el desarrollo del juicio contra Carlos San Martín, a quien atribuyen dos ataques a su expareja, en la vivienda que ésta habitaba con sus hijos menores de edad. Los jueces Marcelo Chironi, Romina Martini y Sergio Pichetto, cerraron las audiencias y pasaron a deliberar, para emitir un veredicto de responsabilidad en los próximos días. Si es encontrado responsable de los hechos, se abrirá una segunda instancia para debatir sobre la pena que le corresponda eventualmente.

Al contundente cuadro probatorio exhibido en las primeras jornadas del juicio se agregó este miércoles una pericia balística que terminó por cerrar el cuadro cargoso contra Carlos San Martín. Es que, a través de un informe elaborado por Pablo Contreras, pudo determinarse que el arma larga secuestrada al acusado poco después de haber baleado la vivienda de su expareja, es la que se utilizó para efectuar un disparo con la presunta intención homicida hacia la mujer.

El acusado, que ya había prestado declaración indagatoria en relación al primero de los hechos que le imputan, pidió ampliar ayer su declaración y se abocó exclusivamente al segundo de los hechos atribuidos. Señalando que había pasado el día en el campo con familiares y había estado bebiendo alcohol. Cuando se acercaba a la ciudad comenzó a recibir comunicaciones de la mujer, hostigándolo. Tras un breve lapso de tiempo en el que estuvo “maquinando cosas”, se detuvo frente al domicilio de la mujer y disparó: “No pensé. Llegué a la esquina de la casa y disparé. Tiré y me fui”, dijo.

A San Martín le atribuyen un hecho ocurrido el 24 de enero de este año, cuando se presentó en el domicilio que anteriormente había compartido con su pareja y tras forzar un postigo, accedió a la ventana, para romperla con un golpe de puño y comenzó a insultar y amenazar a la mujer y un hombre que la acompañaba.

Según explicó, había hablado con la mujer y ésta le había dicho que no estaba en su casa, por lo que al pasar por el frente del domicilio y ver luz, creyó que estaban robando y se detuvo a ver qué pasaba. Luego, dijo que el hombre que acompañaba a la mujer lo provocó y su reacción fue dañar todos los vidrios del hogar.

El segundo hecho que le imputaron, ocurrió entre el 14 y el 15 de abril de este año, cuando en primera instancia se comunicó telefónicamente con la mujer para amenazarla al decirle “Te voy a volar la cabeza”, para horas después presentarse en el domicilio y efectuar un disparo desde afuera, que por pocos centímetros no dio en la cabeza de la víctima.

Para los fiscales, el hecho se dio en el marco de una relación de predominio fáctico de carácter coercitivo, marcada por la asimetría y la violencia como moneda de cambio: en definitiva, un claro contexto de violencia de género.

Los fiscales destacaron una personalidad violenta y obsesiva por parte del acusado, que se intensificó cuando la mujer le pidió que se fuera de la casa.

En relación al primero de los hechos, los fiscales aseguraron que el acusado mintió al decir que fue provocado desde el interior de la vivienda y que las víctimas del hecho estaban semi desnudas. También mintió en relación al segundo hecho, dijeron los fiscales, que señalaron que San Martín se acercó hasta el domicilio, observó desde afuera, apuntó y efectuó un disparo con clara intención de cumplir su amenaza previa, lo que no logró por causas absolutamente fortuitas y destacaron que tras el disparo se escapó porque un vecino salió a ver qué ocurría y hasta lo persiguió en su automóvil.

Los fiscales cuestionaron la intención de la defensa, de algunos testigos y del propio acusado, de introducir una teoría que sugería que “por algo habrá sido”, pretendiendo atribuir la culpa de lo ocurrido a la mujer víctima.

El defensor particular Rodolfo Rodrigo, intentó minimizar la gravedad de los hechos investigados cuando se refirió al primero de los sucesos y señaló “fue un ataque de celos, nada lo justifica, pero solamente rompió los vidrios”.

En tanto que en relación al segundo hecho destacó que su asistido estaba ebrio y que “tiró al bulto”, sin intención real de ultimar a la víctima, según su criterio.

En esa tónica de argumentación, sostuvo Rodrigo que la víctima y el hombre que la acompañaba al momento del primer hecho, mintieron para justificarse. “No los juzgo, está bien porque los dos pasaron por un momento escabroso”, señaló y continuó “estaban ligeros de ropa, bebiendo alcohol y tomados de la mano”. No obstante su visión de los hechos insistió, “no los juzgo, estaban en todo su derecho”.

El defensor alegó que la Fiscalía no había demostrado el dolo o la intención del acusado de cometer un asesinato y cuestionó que habían inventado que el acusado apuntó en dirección a la mujer para asesinarla.

También explicó que no se había acreditado el delito de amenazas y que el delito de portación de arma quedaba subsumido por la conducta más grave que le reprochaban a su pupilo.

En ese sentido volvió a remarcar que no hubo intención de matar. “Tenía seis balas en el bolsillo, ¿por qué no mató?”, preguntó. En esa misma línea sostuvo que el propio acusado desistió de su accionar ilícito al abandonar el lugar.

En conclusión, encuadró los hechos investigados como constitutivos de los delitos de daño (en ambos hechos) o en su defecto daño (el primero) y abuso de armas (el segundo) y requirió la absolución por las amenazas y la portación de arma de fuego sin la debida autorización legal.

El tribunal dará a conocer su veredicto de culpabilidad en los próximos días. Si encuentra a San Martín responsable por los hechos reprochados, se abrirá una segunda instancia de cesura, en la que las partes evaluarán la condena que corresponde aplicar al caso y podrán ofrecer para esa instancia pruebas nuevas que ayuden a sostener sus argumentos.

Este miércoles declararon varias personas del círculo íntimo del acusado. Declaró su madre y dos amigos que además fueron compañeros de trabajo. Todos se esforzaron por hacer ver a San Martín como un hombre amable y alegre, a la vez de afectuoso y preocupado por su hijo y por los hijos de otros matrimonios anteriores que tuvo la mujer con la que estuvo en pareja unos cinco años.

Durante las primeras dos jornadas, se incorporó la prueba más relevante: Por un lado el extenso relato de la víctima que aportó sobrados detalles de los episodios vividos el 24 de enero pasado y otro que inició el 14 de abril y culminó en las primeras horas del 15.

La pareja estaba rota después de cinco años de unión y un hijo en común. Pero la víctima había tomado la decisión de separarse y la situación no era aceptada por San Martín, quien reincidía en escenas de violencia verbal y psicológica, con un exacerbado control y celos.

Los informes de profesionales que intervinieron en el hecho remarcaron que existía un consumo de alcohol problemático por parte del agresor, que agudizaba su perfil violento y también especialmente la presencia de los niños en las escenas descriptas por la acusación.

Además, en las jornadas siguientes se escuchó el audio de una seguidilla de breves comunicaciones que en poco menos de veinte minutos, la víctima entabló con el servicio de emergencias 911, reclamando presencia policial, pidiendo por favor y repitiendo su dirección con voz firme. Entre las 2.55 y las 3.13 horas del 24 de enero la mujer se comunicó cinco veces al 911, pidiendo auxilio.

Al mismo tiempo, a través de peritajes balísticos y armeros, se determinó que el proyectil recuperado en el interior de la vivienda, había sido descerrajado por el arma que portaba el acusado al momento de su detención.

*Si vos o alguna mujer que conocés sufre violencia de género comunicate al 144, es una línea telefónica nacional gratuita que brinda contención, información y asesoramiento.