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09/06/2018

Las víctimas no querían que vaya preso y se benefició en juicio abreviado

Un sujeto con duros antecedentes se vio beneficiado por un error de procedimientos judiciales anteriores y porque sus víctimas, expareja e hija, no quisieron que vaya a prisión. Reconoció haber amenazado a su propia hija valiéndose de un cuchillo y violó una restricción de acercamiento a su ex. Algo por lo que también había sido juzgado y condenado en el pasado.

Julio Daniel Oyarzo (35) había sido juzgado y condenado en noviembre de 2006 a la pena de un año y dos meses de prisión. En aquel entonces le atribuyeron dos hechos encuadrados en las figuras de lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas y desobediencia a una orden judicial (primer hecho) y lesiones leves y amenazas (segundo hecho). Esos episodios habían ocurrido en enero y octubre de 2016 y en consecuencia, debieron ser juzgados con otros episodios anteriores, que se dieron en noviembre de 2015.

Pero tal cosa no ocurrió y el fiscal Martín Govetto debió zanjar el error de tipo técnico jurídico y en consideración de los planteos de las víctimas, aceptó que otros dos hechos similares se sumen a la misma condena recibida, en la forma de composición.

Oyarzo reconoció haber amenazado de muerte a su propia hija, por entonces de trece años, valiéndose de un cuchillo de tipo carnicero, el 8 de noviembre de 2015. También reconoció haberse acercado a su expareja, violando una restricción de acercamiento que le habían impuesto desde el Juzgado de Paz. Ese hecho ocurrió el 19 de noviembre de 2015.

Esos hechos de 2015 debieron ser incluidos en el mismo proceso por el que se lo condenó a la pena de un año y dos meses de prisión, aunque no ocurrió así. Finalmente, se declaró culpable y por todos los hechos quedó con el mismo monto de condena.

El acusado pidió disculpas y se mostró arrepentido, señalando que en la actualidad había logrado restablecer un vínculo armónico con sus hijos y su expareja. Y las víctimas por su parte insistieron en que la solución de ese conflicto de ningún modo podría ser que el acusado vaya a prisión, por lo que el acuerdo de juicio abreviado celebrado y homologado por el juez Gregor Joos, compuso todos los hechos por la misma condena de un año y dos meses de prisión.

Oyarzo, también había sido condenado en noviembre de 2008 a la pena de ocho años de prisión por el homicidio de Julio César Hernández, ocurrido en la madrugada del 7 de junio del mismo año en el marco de una reunión de varios vecinos que se desarrolló en el barrio Nahuel Hue. En esa ocasión atacó a la víctima con un arma blanca y le propinó una serie de puñaladas que le causaron heridas en distintas partes del cuerpo y como consecuencia de una profusa hemorragia, Hernández falleció.