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11/05/2018

Revocan sobreseimiento de Campobassi por amenazas a una mujer

Revocan sobreseimiento de Campobassi por amenazas a una mujer
Revocan sobreseimiento de Campobassi por amenazas a una mujer

El juez Marcelo Barrutia revocó la medida que había dispuesto su par Héctor Leguizamón Pondal al considerar que, en el plazo legal para realizar la investigación, debían computarse los días que transcurrieron en la feria judicial estival y consecuentemente que a la fiscalía se le habían vencido los plazos para sostener el caso contra el sujeto acusado de amenazar a una mujer a la que acababa de conocer y exigía avanzar en un vínculo amoroso. La fiscalía sostuvo que aún después de ser acusado formalmente, atacó a otras mujeres. Para Barrutia los días de feria no se pueden computar dentro del plazo otorgado y ordenó la continuación del caso. La defensa avisó que impugnará la resolución.

Maximiliano Campobassi fue imputado el 13 de octubre de 2017 por una serie de hechos que comenzaron a ocurrir el 11 de septiembre del mismo año. Según la acusación, el sujeto realizó violentos actos de hostigamiento y control hacia una joven que se había mudado al mismo edificio en el que el acusado vive junto a su madre y con la que pretendía iniciar una relación sentimental.

En concreto, en el interior del departamento que ella acababa de alquilar, el 11 de septiembre en horas de la noche se produjo una discusión y Campobassi comenzó a comportarse de manera violenta, infundiendo temor a la víctima, que le reclamó que se retirara.

El hombre se negaba y manifestaba, según la acusación, “esto no va a quedar así, ya vas a ver" al tiempo que la señalaba con su dedo índice en la cara, de manera intimidante. El sujeto se quedó tras la puerta de ingreso al departamento y le envió varios mensajes de texto al teléfono de la víctima y le indicó “abrime la puerta y hablamos bien o se pudre todo más”, hasta que finalmente se retiró tras la intervención de una policía, amiga de la víctima.

Al día siguiente, Campobassi comenzó a enviar mensajes de texto, hostigando a la mujer, actitud que mantuvo a pesar de que ella le contestó diciéndole que no la molestara más, que había realizado una denuncia. Insistió con sus mensajes y provocó aún más temor en la víctima, que abandonó el edificio y rescindió el contrato de alquiler que acababa de firmar. Por algunos días, el acusado continuó mandando mensajes con tono intimidatorio, según la acusación fiscal.

Tras la formulación de cargos que realizó el fiscal Martín Govetto, el juez de Garantías aceptó habilitar la instancia de investigación preparatoria y otorgó un plazo de cuatro meses para agotarla.

Hecho esto, el fiscal Tomás Soto presentó el requerimiento de apertura a juicio el 14 de marzo de 2018, dentro de las dos primeras horas hábiles, tal como prevé el Código Procesal Penal. En concreto, en una audiencia de control de acusación iba a pedir la apertura del juicio, ofreciendo la prueba requerida para esa instancia y explicitando su expectativa de pena para el acusado.

Sin embargo, al realizarse esa audiencia, el juez de Control, Héctor Leguizamón Pondal, consideró válidos los planteos del defensor Sebastián Arrondo y dictó el sobreseimiento de Campobassi, por entender que el plazo de investigación se encontraba vencido y la Fiscalía formuló la acusación fuera de término. La defensa argumentó que el plazo de cuatro meses debía contarse de corrido -computando los días de feria judicial de enero- y consecuentemente vencía el 14 de febrero de 2018.

En esa línea resolvió Leguizamón Pondal concluyendo que la acusación fue presentada fuera de término porque los plazos son perentorios y fatales, y que en caso de duda debe decidirse lo que sea más favorable para el imputado, destacando además la "levedad de la imputación que se practica" y que "bien podría haberse optado por un criterio de oportunidad o flexibilizado por otras situaciones".

Los fiscales en su impugnación ante el juez Barrutia dispararon que Leguizamón Pondal “inventó un sobreseimiento”, cuestionó que “tuvo en cuenta los derechos de Campobassi, pero no los de la víctima” y reafirmó que “la fiscalía quiere llevar a juicio a Campobassi porque es un hecho grave de violencia de género” el que se le atribuye y el “juez hizo desaparecer la feria”.

Ante el pedido de rechazo del defensor particular Sebastián Arrondo, el juez Marcelo Barrutia resolvió de manera inmediata y advirtiendo que en los días previos había tenido que intervenir en una audiencia en la que se realizaron planteos de similares características en torno al vencimiento de los plazos.

En ese sentido apuntó que “La feria judicial nunca ha sido computada en los plazos salvo que exista una habilitación especial” y advirtió “Esa es una verdad histórica e irrefutable”.

Analizó luego que “no es cierto que el plazo haya fenecido el 13 o 14 de febrero”, pues tanto los cuatro meses máximos que se otorgan luego de la formulación de cargo como los seis meses previos para orientar la investigación hasta la acusación, nunca pueden ser computados de manera ininterrumpida cuando en el medio cae la feria judicial de verano o invierno.

“Esa es una verdad incontrastable y el nudo central de lo que hay que resolver acá. Los días de feria no son hábiles y no se pueden computar”, concluyó.