ABUSO DE SU HIJASTRA

| 15/04/2018

Once años de prisión para un violador

Once años de prisión para un violador

Los jueces Gregor Joos, Héctor Leguizamón Pondal y Juan Martín Arroyo impusieron una pena de once años de prisión al sujeto de 37 años.

Un sujeto de 37 años de edad que había sido declarado culpable, recibió este viernes una pena de once años de prisión en orden a los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por la utilización de armas y contra a una menor de 18 años de edad aprovechando la situación de convivencia preexistente, dos hechos en concurso real.

Los jueces Gregor Joos, Héctor Leguizamón Pondal y Juan Martín Arroyo impusieron una pena de once años de prisión al sujeto de 37 años, tras el juicio de cesura en el que la fiscalía reclamó una condena de catorce años de prisión y la defensa requirió el mínimo de la pena –ocho años-. En la primera instancia del juicio, en la que se debatió sobre la responsabilidad del sujeto, Francisco Arrien y Eduardo Fernández, consideraron probado los hechos reprochados, mientras que los abogados defensores Hugo Cancino y David Milstein, habían pedido la absolución.

El individuo fue declarado autor penalmente responsable de una serie de abusos ocurridos en el interior del domicilio que compartía con la madre de la víctima, en la localidad de El Bolsón. La identidad del acusado es protegida con el objeto de mantener a salvo la posible individualización de la víctima, por la entidad de los delitos que sufrió y además, por su edad.

Según apuntaron los fiscales, el primero de los hechos ocurrió entre junio y julio de 2016, un día de semana y por la tarde, cuando el sujeto quedó al cuidado de la niña mientras la madre había salido del hogar. En esa oportunidad, el hombre violó a la niña de 12 años, tras colocarle una cinta en la boca e intimidarla con un arma de fuego, tipo pistola.

El segundo hecho ocurrió en febrero de 2017, también por la tarde y en el mismo domicilio, cuando tomó por el cuello a la niña, la introdujo en el baño y la amenazó con matar a toda la familia, violándola mientras le apoyaba un cuchillo en el cuello

Durante el desarrollo de juicio se escucharon diversos testimonios aportados por la fiscalía. Entre ellos el testimonio de la mamá de la víctima, el propio imputado y los profesionales de la salud que intervinieron en el protocolo de actuación ante este tipo de situaciones. Declararon además profesionales que trabajan en Protección Integral de derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de El Bolsón, quienes realizaron informes en el lugar de residencia. Además se pudo escuchar a la propia víctima en el marco de su declaración en cámara Gesell.

Los jueces apuntaron en la resolución que “Para la mensuración de la pena que corresponde aplicar, comenzaremos por señalar que la escala penal contemplada comienza con un mínimo de ocho años de prisión y un máximo de veinte años, que en este caso, por tratarse de un concurso real, se duplica este último”.

Destacaron en su análisis el carácter de “resociabilización del condenado” que tiene la pena privativa de libertad y tuvieron en cuenta en primer lugar “la naturaleza de la acción y de los medios empleados para ejecutarla y la extensión del daño y del peligro causados”.

En segundo término valoraron “la edad, la educación, costumbres y conducta precedente del sujeto, además de la calidad de los motivos que lo determinaron a delinquir, especialmente l miseria o dificultad de ganarse el sustento”.

Apuntaron que “se trata de dos hechos, que el imputado utilizó en ambos violencia física y verbal, con un trato vejatorio, amenazando a la víctima, colocándole una cinta en la boca. Amenazas que además lograron impactar en la víctima, ocasionando un cuadro de angustia y temor que afectó su situación de relación y su vida diaria”.

También destacaron que Los abusos fueron cometidos sin protección, “poniendo en potencial riesgo la integridad física de la niña”. Evaluaron que el acusado incurrió en dos agravantes contenidos en el Código Penal, lo que daba como indicador “su mayor peligrosidad” que se computó como agravante.

Los jueces señalaron que el acusado es “una persona ya madura, a quien se puede exigir mayor comprensión de lo sucedido”, aunque tratándose de un delito contra la integridada sexual “no podemos dudar de l ausencia total de justificación o explicación de un injusto que constituye un abuso contra la libertad sexual de un persona, en este caso especialmente vulnerable por su edad y por su situación de estar conviviendo con el imputado, afectando su cuerpo físico y psíquico”.

Además, evaluaron “la instrucción primaria incompleta del acusado, los antecedentes personales y familiares que implican una mayor dificultad para motivarse en la norma y aceptar pautas de convivencias socialmente adecuadas y su carencia de antecedentes”.

Al respecto un informe psiquiátrico forense reveló que el acusado padeció una formación escolar casi nula, con una familia fragmentada y una dura situación signada por el consumo de alcohol y psicofármacos y una dura experiencia de trabajo infantil en su niñez.

Te puede interesar
Ultimas noticias