Condenaron a un hombre en Bariloche por amenazar de muerte a su pareja
Un hombre fue condenado en Bariloche a seis meses de prisión en suspenso por amenazar de muerte a su entonces pareja, en octubre de 2025. La sentencia fue dictada por el juez Marcos Rafael Burgos, quien homologó un acuerdo pleno de juicio abreviado entre la Fiscalía, el acusado y su defensor oficial.
Según la acusación fiscal, el episodio ocurrió el 8 de octubre de 2025, entre las 15 y las 16, en una vivienda de Bariloche donde la pareja convivía. Ese día, ambos habían regresado de sus trabajos cuando el hombre comenzó a reprocharle a la mujer que “no hacía nada” y que no le había preparado comida.
Luego se dirigió a la habitación donde ella estaba recostada y la amenazó: “Si no me mato yo, te mato a vos”, según consta en la sentencia.
La Fiscalía describió que la mujer había atravesado una relación marcada por situaciones de violencia de género crónica, cíclica y sistemática, en la que predominaban las agresiones verbales y psicológicas. El episodio denunciado fue considerado parte de una escalada de violencia.
La causa había sido iniciada bajo la calificación de amenazas calificadas por el uso de arma y estaba prevista la realización de un debate oral y público. Sin embargo, luego de analizar la evidencia reunida, las entrevistas con la denunciante y los informes actualizados de los organismos que intervinieron, el fiscal Guillermo Lista modificó la acusación y encuadró el hecho como amenazas simples. También se tomó en cuenta que el acusado no tenía antecedentes penales.
Entre las pruebas mencionadas se encontraban la denuncia penal realizada por la mujer, informes de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), evaluaciones del Equipo Técnico Interdisciplinario y del Servicio de Atención Territorial, además del testimonio de una amiga de la denunciante. El último informe de OFAVI, elaborado en septiembre de 2026, estableció un nivel de riesgo moderado.
El fiscal acordó con el defensor oficial Nelson Vigueras una pena de seis meses de prisión de ejecución condicional. El acusado reconoció su responsabilidad en el hecho y aceptó tanto la calificación legal como la sanción y las pautas de conducta. La mujer también había sido informada sobre las condiciones del acuerdo y prestó su conformidad.
Además de la prohibición de acercamiento y contacto con la víctima, el condenado deberá realizar un curso sobre nuevas masculinidades.
También, presentarse cada dos meses ante el Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (IAPL), mantener actualizado su domicilio y no cometer nuevos delitos. Y tendrá que abstenerse de abusar del alcohol y consumir estupefacientes.
El juez dispuso que se presente ante el Cuerpo de Investigación Forense dentro de los cinco días hábiles para que se evalúe si necesita un tratamiento psicológico orientado al control de sus impulsos. En caso de que los profesionales lo consideren necesario, deberá realizarlo.
Las pautas tendrán vigencia durante dos años. Su incumplimiento podría provocar que se revoque la condicionalidad de la pena.