2026-09-18

Lo apuñalaron en un boliche de Bariloche pero la Justicia le atribuyó un 20% de responsabilidad

La Cámara de Apelaciones confirmó la responsabilidad del agresor y del establecimiento, pero modificó el fallo de primera instancia tras analizar las cámaras de seguridad. La víctima había iniciado la confrontación y los demandados deberán afrontar el 80% de los daños reconocidos.

Un hombre sufrió una puñalada durante una pelea dentro de un boliche de Bariloche y el establecimiento deberá responder por las consecuencias del ataque. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia tras analizar las cámaras de seguridad: concluyó que la propia víctima había iniciado la confrontación y le atribuyó un 20 por ciento de responsabilidad. Los demandados deberán afrontar el 80 por ciento restante de los daños reconocidos.

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El episodio ocurrió dentro del local bailable After Seven. El hombre recibió una herida de arma blanca en el abdomen que requirió una intervención quirúrgica de urgencia. A partir de lo ocurrido, reclamó una reparación económica al autor del ataque y a la propietaria del establecimiento. La aseguradora del comercio también quedó alcanzada por la decisión judicial.

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En primera instancia, el Poder Judicial había responsabilizado al autor de la agresión y a la titular del boliche. En el caso del establecimiento, consideró que existía una relación de consumo y que se había incumplido el deber de seguridad que debía garantizar a quienes se encontraban en el lugar.

La Cámara mantuvo ese aspecto central de la sentencia. Los jueces y jueza que integran el tribunal de alzada entendieron que una pelea entre asistentes no puede considerarse un acontecimiento completamente extraño e imprevisible para un local bailable.

El fallo señaló que este tipo de establecimientos concentra personas durante la noche, con música a alto volumen y consumo de alcohol. En ese contexto, las discusiones y peleas constituyen riesgos previsibles de la actividad comercial y exigen medidas de vigilancia y prevención.

La responsabilidad del boliche también quedó vinculada con lo que ocurrió en el acceso. Durante el proceso se acreditó que el hombre que resultó herido tenía prohibido ingresar al establecimiento por un episodio anterior. La propietaria sostuvo que había entrado de manera clandestina y utilizó ese argumento para intentar desligarse de las consecuencias del ataque.

La Cámara rechazó esa defensa. Consideró que controlar el ingreso y la permanencia de las personas forma parte de las obligaciones del establecimiento. Si alguien que tenía prohibido el acceso consiguió entrar y permanecer dentro del boliche, esa situación reveló una deficiencia en los propios controles. A ese dato se sumó que otro asistente logró ingresar con un arma blanca. Para el tribunal, esa circunstancia también expuso una falla en las medidas de seguridad.

La Cámara, no obstante, encontró razones para modificar la distribución de responsabilidades establecida en primera instancia. Las imágenes de seguridad mostraron que la víctima se acercó al hombre que después la atacó, intercambió palabras con él y protagonizó dos actos de provocación física.

Los magistrados concluyeron que había sido la propia víctima quien inició la confrontación. Aclararon que su conducta no justificó la respuesta posterior con un cuchillo, a la que calificaron como desproporcionada y brutal, pero consideraron que tuvo incidencia en el resultado.

El tribunal sostuvo que el hombre inició voluntariamente una pelea que podía haber evitado y que tenía la posibilidad de recurrir al personal de seguridad ante el conflicto. Ese análisis llevó a atribuirle un 20 por ciento de responsabilidad. El agresor y la propietaria del boliche deberán responder por el 80 por ciento restante. La Cámara también revisó los montos reconocidos por las consecuencias del ataque. La víctima tenía 27 años al momento del hecho y las pericias establecieron una incapacidad del 38 por ciento.

Para calcular ese daño, el tribunal descartó un recibo de sueldo que había sido incorporado al expediente antes de la sentencia de primera instancia. Como el hombre no tenía empleo formal ni había acreditado ingresos registrados al momento del ataque, tomó como referencia el salario mínimo, vital y móvil. La aseguradora también deberá responder dentro de los términos de la cobertura contratada. El fallo de segunda instancia no está firme porque puede ser apelado.

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