Una adolescente de Bariloche fue escuchada por la Justicia y podrá viajar al exterior con su abuela
Una adolescente podrá viajar al exterior acompañada por su abuela materna luego de que la Justicia de Familia de Bariloche autorizara la salida del país como medida cautelar. La decisión tuvo en cuenta, entre otros elementos, la voluntad expresada por la joven durante una entrevista judicial y la falta de contacto con su padre.
La madre había solicitado una autorización para que su hija pudiera viajar al exterior acompañada por ella, su abuela materna o su pareja, ante la imposibilidad de contar con el consentimiento paterno.
Durante el proceso, la adolescente fue escuchada por la jueza, tal como establece el artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, que reconoce el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser oídos en los asuntos que los afectan.
En esa entrevista, la joven manifestó que tiene una relación muy cercana con su abuela y que tenía muchas ganas de realizar el viaje. También señaló que no ve a su padre desde hace muchos años y que no mantiene contacto con él.
La Defensoría de Menores intervino en el expediente y prestó conformidad con la autorización después de entrevistar a la adolescente.
La medida cautelar fue dictada cuando todavía no se había librado la cédula para notificar al progenitor del traslado de la demanda. La jueza consideró que, por la proximidad de la fecha del viaje, esperar a completar esa instancia podía frustrar la posibilidad de que la adolescente viajara.
Por ese motivo, la jueza Cecilia M. Wiesztort resolvió autorizar de manera provisoria la salida del país, hasta tanto se resuelva el planteo de fondo, sin que ello implicara una autorización para radicarse en el extranjero. La medida quedó limitada al viaje previsto y al acompañamiento de la abuela materna.
El interés de la adolescente
Para resolver, la magistrada puso en consideración el interés superior de la adolescente y su derecho a participar en las decisiones que involucran aspectos relevantes de su vida. La jueza valoró el impacto que el viaje podía tener en el desarrollo de la adolescente y su derecho al esparcimiento y a la vida familiar.
En ese sentido, sostuvo: “No tengo dudas que el viaje referido será productivo para la niña, representando un beneficio para su pleno y mejor desarrollo, quien expresamente tiene reconocido su derecho al esparcimiento y vida familiar en los arts. 9, 10, 18, 27, 31 y otros de la CDN”.
La autorización fue provisoria. La jueza tomó esa decisión antes de que el padre fuera notificado de la demanda porque la fecha del viaje estaba próxima. La medida cautelar permitió resolver esa situación urgente sin anticipar la decisión definitiva sobre el pedido de autorización para viajar.