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08/09/2026

Chocó desde atrás en avenida Pioneros y la Justicia lo responsabilizó aunque iba por debajo del límite de velocidad

La conductora del auto embestido sufrió lesiones y una incapacidad del 17%. 
Uno de los puntos centrales que analizó la Justicia fue la velocidad de la camioneta. Imagen ilustrativa de archivo.
Uno de los puntos centrales que analizó la Justicia fue la velocidad de la camioneta. Imagen ilustrativa de archivo.

Un choque ocurrido en abril de 2021 sobre avenida Pioneros de Bariloche terminó con una condena civil para el conductor que embistió desde atrás a otro vehículo, aunque la velocidad a la que circulaba no superaba el límite permitido.

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El hecho ocurrió en abril de 2021, cuando una mujer circulaba en un auto por avenida Pioneros, a la altura del kilómetro 4. En ese momento, una camioneta impactó contra la parte trasera del automóvil. Como consecuencia del choque, el vehículo fue desplazado unos 20 metros y terminó impactando contra otro que circulaba delante. El auto sufrió daños de consideración y una pericia estableció que la destrucción alcanzaba entre el 60% y el 75%, con afectación de la estructura posterior.

Por su parte, la conductora sufrió lesiones en la zona cervical y la columna y realizó tratamiento de kinesiología. También relató que después del accidente tuvo temor de volver a manejar y que las consecuencias del choque complicaron los traslados hacia su lugar de trabajo durante la pandemia.

Uno de los puntos centrales que analizó la Justicia fue la velocidad de la camioneta. La pericia accidentológica estableció que circulaba a 58,5 kilómetros por hora, mientras que el límite de velocidad en ese sector de avenida Pioneros era de 60 kilómetros por hora, “por lo que no se hallaba en infracción, aunque se evidencia la ausencia de frenado o de maniobras evasivas, sumado a no haber guardado el margen de seguridad”.

Para la Justicia, el conductor tenía la obligación de conservar una distancia prudencial respecto del vehículo que circulaba delante que le permitiera detenerse ante una eventual situación de tránsito.

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La jueza tuvo además en cuenta un registro audiovisual que permitió reconstruir el accidente y establecer que la camioneta fue la que impactó contra el vehículo menor.

Después del accidente, la mujer inició una demanda por $2.122.816,14. Entre otros conceptos, reclamó la diferencia entre lo que había recibido de su aseguradora por la destrucción del vehículo y el valor que consideraba que tenía el automóvil, además de gastos relacionados con la compra de otro vehículo y el financiamiento de esa operación. También reclamó gastos de traslado, gastos médicos y una indemnización por daño moral.

La Justicia no hizo lugar a todos los rubros. Consideró que no había elementos suficientes para acreditar la diferencia de valor que reclamaba por el Celta y rechazó los gastos vinculados con la compra y financiación del nuevo vehículo.

En particular, entendió que la decisión de adquirir otro automóvil y financiar parte de la operación no podía ser considerada “una consecuencia inmediata y previsible” del accidente. En cambio, reconoció $60.000 por la privación de uso del vehículo, $50.000 por gastos médicos y $350.000 por daño moral.

Otro de los elementos considerados por la jueza fue la pericia médica realizada durante el proceso. El informe determinó que la mujer presentaba una incapacidad parcial y permanente del 17%. Aunque la incapacidad no había sido reclamada como un rubro indemnizatorio independiente, el resultado de la pericia fue considerado al momento de evaluar las consecuencias del accidente y fijar el monto correspondiente al daño moral.

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El fallo también destacó las consecuencias que tuvo el choque sobre la vida cotidiana de la conductora, además de las lesiones físicas y los tratamientos que debió realizar.

En total, la indemnización quedó fijada en $460.000 de capital, más los intereses correspondientes desde la fecha del accidente hasta el efectivo pago.

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