NUEVA DISPOSICION
Domicilio electrónico para trámites de la licencia de conducir
El Gobierno Nacional confirmó un cambio en los trámites vinculados a la licencia de conducir. A partir de la Disposición 59/2026. De esta manera toda persona que gestione por primera vez su registro o deba renovarlo deberá declarar un domicilio electrónico en carácter de declaración jurada.
La medida fue oficializada e informada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo descentralizado que funciona bajo la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
En términos prácticos, el nuevo requisito implica registrar un correo electrónico personal y válido al momento de iniciar el trámite. Sin este dato, el sistema no permitirá avanzar con la gestión.
El correo informado funcionará como canal oficial de comunicación entre el Estado y el conductor. Allí se enviarán notificaciones sobre el avance del trámite, observaciones administrativas y antecedentes nacionales de tránsito vinculados al titular.
La disposición establece además que el solicitante asume la responsabilidad de revisar periódicamente su casilla, ya que toda notificación remitida a ese correo se considerará legalmente válida.
Con esta modificación, el Ejecutivo busca digitalizar y agilizar los procedimientos administrativos vinculados a la licencia de conducir, incorporando el correo electrónico como herramienta formal de notificación.
La medida fue confirmada por la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), y se efectivizó mediante la Disposición 59/2026. Se fundamentó la decisión en la necesidad de adaptar los procedimientos a los avances tecnológicos y fortalecer la modernización, eficiencia y transparencia en las comunicaciones.
El correo electrónico denunciado será considerado válido para todas las notificaciones relacionadas con el estado del trámite de la licencia, así como también para los antecedentes nacionales de tránsito atribuidos al solicitante con motivo de la circulación en la vía pública.