Después de cuatro años de proceso, lo absolvieron por tenencia de marihuana
Tras más de cuatro años de proceso judicial, el Tribunal Oral Federal de General Roca dictó el sobreseimiento de Diego Eduardo Yunes, acusado en 2021 por tenencia de estupefacientes. El fallo reconoció que la marihuana incautada estaba destinada a uso medicinal, bajo prescripción y autorización del programa REPROCANN (Registro del Programa de Cannabis).
Yunes fue interceptado en abril de 2021 por Gendarmería Nacional con 35,6 gramos de cannabis, una balanza de precisión y elementos de conservación en un departamento de la calle San Martín de Bariloche. La acusación inicial lo vinculaba con una infracción a la Ley 23.737 por tenencia simple, pero en el transcurso del proceso se acreditó que utilizaba la sustancia en el marco de tratamientos médicos, con certificado vigente.
En la audiencia preliminar, tanto el Ministerio Público Fiscal como la defensa destacaron el carácter no punible del caso, teniendo en cuenta que la cantidad de marihuana incautada estaba por debajo del umbral legal de 40 gramos y que el consumo tenía fines terapéuticos, conforme a la Ley 27.350.
El tribunal, a cargo del juez Marcos Javier Aguerrido, resolvió hacer lugar al planteo fiscal y dispuso el sobreseimiento sin costas, además del levantamiento de las medidas cautelares. En la resolución, el magistrado subrayó la importancia de respetar la garantía del debido proceso y la voluntad del Ministerio Público de no sostener la acusación.
Este fallo se suma a una creciente jurisprudencia que reconoce el uso medicinal del cannabis y la validez del REPROCANN como herramienta de protección legal para los pacientes.